Consultado un señor que lleva una agencia de valores y que sé que está muy muy puesto en temas fiscales sigue diciéndome que las casillas para cfd o forex o derivados seguirán siendo las 340/347. Que no las "vé" en la 361.
Y visto el tema sobre el propio PADRE ciertamente en esas casillas das "mas" explicaciones a Hacienda, yo de hecho lo hago y seguiré haciéndolo de momento en ellas.
Si vendo acciones de telefónica pongo telefonica como titulo si opero cfds con Interdin, pongo CFDs INTERDIN, si vendo/compro derivados con Auriga pongo DERIVADOS AURIGA o FOREX AURIGA si toca forex.
Y de momento o no me revisan o les gusta a los de la AEAT.
Como Rankia es un pedazo de portal financiero y ya que para el año que viene SÍ o SÍ van a tener que hacer cambios en el PADRE para poder meter estas operaciones y distinguir entre mas de un año y menos de un año, y como tanto forex, como CFDs, como derivados deben ir a operaciones de menos de un año....anda porfa vosotros que tenéis entidad pedirle a Hacienda que lo deje claro de una puñetera vez, tampoco es tan dificil que pongan expresamente "casilla 76593873266....aquí ván las ganacias/perdidas que hayas tenido en estos productos financieros: tal tal y cual".
Mirad a ver