Los propietarios del piso sois ahora los herederos.
¿Desde cuándo? Desde que falleció vuestra madre.
¿Por qué valor? Por el liquidadro en Impuesto de Sucesiones, incrementado en los gastos que corresponda. Por ejemplo, si heredásteis únicamente el piso con su ajuar sin un sólo euro o propiedad adicional y lo vendéis todo tal cual, todos los gastos de haber heredado incrementan el valor de adquisición. Si el piso supone el 50% de lo heredado (más propiedades, efectivo, fondos de inversión), entonces se incrementa el valor de adquisición con el 50% de los gastos.
Además de esta variación patrimonial (que tributa por su benenficio/pérdida en IRPF) debéis volver a liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU (popularmente conocida como "plusvalía municipal")
Un saludo.