Desde el 24 de abril pueden presentarse las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio 2012 a través de Internet.
Para presentar declaraciones de Renta impresas en papel, el plazo comienza el día 6 de mayo. Cabe recordar que las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio deben presentarse de forma obligatoria por Internet.
Durante esta campaña de la renta 2012, ha habido un incremento de borradores confirmados, superando los 2.160.000, así como un incremento de devoluciones abonadas, con cifras en torno a 878 millones de euros, lo que supone un 18,6% más que en el mismo periodo del pasado año. Esto se ha producido debido a la utilización de la vía telemática para la presentación, y a la ampliación del colectivo de usuarios del borrador que hasta ahora no podían hacer uso de esta herramienta.
Mediante el uso del programa de ayuda PADRE y los datos fiscales que proporciona la Agencia Tributaria, los contribuyentes pueden completar su declaración y presentarla, periodo que se ha adelantado este año, ya que anteriormente, debíamos esperar hasta mayo. De esta forma, las devoluciones de las presentaciones confeccionadas con el programa PADRE se comenzarán a recibir a partir del 6 de mayo.
¿Estamos obligados a presentar la declaración de la Renta 2012?
La normativa respecto a los obligados a presentar la declaración de la renta no ha sufrido ninguna modificación para el presente ejercicio. Por tanto, no estarán obligados los contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales. En caso de que las rentas procedan de más de un pagador, el límite se reduce a 11.200 euros, salvo ciertas excepciones.
Vías para confirmar el borrador de la renta
En función de determinados criterios: 1) si el resultado es a ingresar o a devolver o, 2) si se domicilia o no el pago; el contribuyente tendrá distintas posibilidades para confirmar el borrador.
- Vías no presenciales, hasta el 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 1 de julio):
- Vías presenciales, del 6 de mayo al 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 1 de julio):