El PSOE se ha propuesto se siente en deuda con todas aquellas personas afectadas por las participaciones preferentes, ya que se comercializaron durante su mandato, por lo que reclaman al gobierno que apruebe medidas para facilitarles los trámites de reclamo y obtención del dinero que “invirtieron”.
A parte del reclamo lógico el cual consiste en derogar la actual resolución, la cual aplica quitas de hasta el 85% en algunos casos, también consideran necesario que se les exima del pago de tasas judiciales y la modificación del IRPF, con el fin de evitar que tengan que pagar en caso de conseguir alguna plusvalía en la venta de sus acciones.
La idea de la modificación del IRPF es lógica, ya que las participaciones preferentes que se convirtieron en acciones ya lo hicieron con una quita de en torno al 70%, entonces si estas acciones obtienen alguna plusvalía en su venta no es justo que se deba tributar por ella, ya que antes ya han sufrido una fuerte pérdida.
Cualquier rentabilidad procedente de las participaciones preferentes formará parte de la base imponible del ahorro, por tanto la fiscalidad de dichos activos es:
En resumen, para contribuyentes por el IRPF, cualquier renta derivada de las participaciones preferentes, incluso su venta, se consideran rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios y no de ganancias o pérdidas patrimoniales
Las modificaciones que se reclaman son lógicas y justas, ya que no estamos hablando de inversores que sabiendo el riesgo de sus inversiones y teniendo conocimiento de los productos que están comprando deciden asumir dichos riesgos y la inversión no ha resultado como ellos esperaban, si no que se trata de personas, en su mayoría de edad avanzada, que han sido engañadas a cerca de las características que tienen dichos productos.
Jose Antonio Soler
Departamento Fiscal
CIRO Consulting
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