De un tiempo a esta parte, el Gobierno está tratando de que todo el mundo sepa que España se encuentra en el camino de la recuperación. Para ello, da a conocer cada dato estadístico positivo que obtiene. Además, desde el Gobierno se están dando a conocer las medidas que se van a ir llevando a cabo en los próximos años como respuesta al auge económico que se espera que tenga lugar en España en los próximos ejercicios.
Una de las medidas que pretende adoptar el Gobierno, es la de reducir el tipo nominal de gravamen del Impuesto de Sociedades, así que vamos a tratar de introducir dicho concepto
Tipo nominal de gravamen y tipo efectivo de gravamen
Para definir el concepto de tipo nominal de gravamen es preferible comenzar definiendo el concepto de tipo efectivo de gravamen.
- Primera fase: reducción hasta el 25%
- Segunda fase: reducción hasta el 20%.
El ministro de Hacienda no confirmó cuando entrará en vigor esta bajada de tipos impositivos, pero afirmó que:
...este es un programa que no se acaba en 2015 y, por tanto, llevará su tiempo.
Consecuencias de la rebaja del tipo nominal del Impuesto de Sociedades
Con la rebaja del tipo nominal, el Gobierno pretende que no existan grandes diferencias entre el propio tipo nominal y el tipo efectivo. Así el tipo nominal sería más representativo de lo que lo es ahora, ya que existe una gran diferencia entre la tasa que la Ley aplica y la que realmente soportan las empresas.
Para que, tras aplicar los distintos beneficios fiscales a los que un sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades tenga derecho, no continúen existiendo grandes diferencias entre el tipo nominal y el tipo efectivo de gravamen. Se puede esperar que el Gobierno proceda a eliminar alguna de las deducciones vigentes.
De momento no se conoce que beneficio fiscal será suprimido o si se tomará alguna otra medida.
A día de hoy, las grandes empresas, que disponen de importantes firmas asesoras que les guían para poder aplicarse la mayor cantidad de beneficios fiscales posibles, consiguen aplicarse un tipo efectivo de gravamen que es mucho menor al tipo nominal de gravamen. Si se reduce el tipo nominal y, a su vez, se reducen los beneficios fiscales, en teoría, se igualarán las condiciones bajo las que realizan la declaración del IS, tanto las pequeñas, como las grandes empresas.