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¿Qué es una cuenta de segregación generalizada y una cuenta de segregación individualizada?

¿Qué es una cuenta de segregación generalizada y una cuenta de segregación individualizada?

Algunas entidades han empezado a informar a sus clientes sobre un cambio regulatorio que implica pasar a tener cuentas de segregación general o segregación individualizada. ¿Qué diferencias existen? ¿Cuál me conviene más? ¿Por qué se está produciendo este cambio? 

Hasta ahora con las cuentas nominativas, las acciones estaban a nuestro nombre. En principio a partir del 3 de febrero de 2016, (está pendiente de aprobación todavía) será obligatorio que todas las operaciones sobre valores de renta variable española se compensen de forma centralizada por parte de una entidad de contrapartida central, la cual será BME Clearing. Esto produce un cambio ya que ahora las acciones ya no estarían a nuestro nombre, sino a nombre de la Entidad de Contrapartida Central (ECC), la cual tendrá perfectamente segregado el número de títulos que posee cada accionista.

En resumen, en cuanto se apruebe esta nueva medida nos darán a elegir entre dos tipos de cuenta, la de segregación generalizada,  la de segregación individualizada. La segunda podrá traer asociados mayores costes, y nuestra relación será directamente con BME Clearing. 

Diferencias entre una cuenta de segregación generalizada y una de segregación individualizada

 

Diferencias cuentas segregadas generalizada vs individualizada
Cuenta de segregación generalizada Cuenta de segregación individualizada
Habrá pluralidad de clientes en una misma cuenta cuyo titular de la cuenta es el correspondiente Miembro.  Cualquiera puede solicitar la apertura de una cuenta con segregación individualizada.
Los clientes no tienen una relación de contraparte directa con BME Clearing. El titular de la cuenta es el Miembro. Los Miembros podrán gestionar tantas Cuentas de Cliente Individual como deseen.
Cada Miembro puede ser titular de tantas Cuentas de Cliente con Segregación como deseen. Dado que los Clientes no ostentan una relación directa con BME CLEARING, los Miembros pueden articular de manera diferente sus relaciones jurídicas con sus Clientes El titular de la Cuenta de Cliente Individual tiene responsabilidad directa frente a BME Clearing. 
Las posiciones brutas se registran en el Registro Central a cargo de BME pero el cálculo de garantías se realiza por la posición neta resultante. Las posiciones se registran en neto en el Registro Central a cargo de BME Clearing
Las garantías constituídas a favor de BME Clearing por el Miembro están separadas de otras cuentas incluída la del propio Miembro incluída la cuenta Miembro. Las garantías constituídas a favor de BME Clearing por el Miembro están separadas de otras cuentas incluída la Propia cuenta del Miembro
El Miembro gestionará cuentas de registro de detalle de cada cuenta de clientes, registrando las transacciones. Se deberá constituir las garantías requeridas ante el Miembro en favor de el Miembro. 
En caso de insolvencia del Miembro, si BME Clearing decide cerrar la cuenta de clientes con segregación general, el saldo acreedor resultante será puesto a disposición del Miembro a través del administrador concursal.BME CLEARING se reserva el derecho a ejercer cuantas acciones le correspondan frente al Miembro por razón de los saldos deudores resultantes del cierre de la Cuenta.  Si el Miembro decide cerrar la cuenta del cliente por insolvencia del mismo saldo neto acreedor será puesto a disposición del Miembro por cuenta del cliente, el saldo neto deudor deberá ser asumido por el Miembro.
No tienen coste adicional Con coste adicional

 

Responsabilidad del cliente titular de una cuenta individualizada

En el caso de la cuenta individualizada, la responsabilidad del cliente frente a BME Clearing será la siguiente:

  • El titular de la Cuenta de Cliente Individual tiene responsabilidad directa frente a BME Clearing
  • En caso de incumplimiento del titular de la Cuenta, su Miembro No Compensador (o el Miembro Compensador directamente) será responsable solidario frente a BME Clearing
  • En caso de incumplimiento del Miembro No Compensador, el Miembro Compensador General será responsable frente a BME Clearing. 

 

¿Quién es el Miembro? 

El Miembro es la entidad o intermediario a través del cual operamos en el mercado, es decir el "bróker". 

Con el fin de operar como Miembro Registrador, gestionando un Registro al Detalle y manteniendo Cuentas Segregadas, el Miembro debe obtener la autorización y cumplir con las condiciones y requisitos establecidos para los Miembros Registradores en el artículo 14 del Reglamento de BME CLEARING y en la Circular “Miembros Registradores”.

¿Quién es el cliente?

Somos quienes oepramos en el mercado de renta variable española a través de un Miembro (bróker).

¿Qué es BME Clearing?

BME Clearing es el responsable del cálculo de las liquidaciones, de la gestión de garantías y de la asignación del ejercicio de opciones en relación con las cuentas registradas en el Registro General, mientras que los Miembros Registradores son los responsables de realizar estas tareas en relación con las cuentas registradas en el Registro al Detalle.

 

Resumen diferencias tipos de cuenta para invertir en renta variable

Principales diferencias entre cuentas
 
Principales diferencias Cuenta de Segregación general Cuenta de segregación individual
Garantías Positivo Negativo
Niveles de protección Negativo Positivo
Costes adicionales Positivo Negativo

 

 

Principales características de la estructura de cuentas

 
En el Registro General a cargo de BME CLEARING se llevarán las siguientes clases de Cuentas:

 

  • Cuenta Diaria: el titular es un Miembro, en la que se anotan las Operaciones previamente a su Traspaso a otro tipo de Cuenta del Registro General en la que queden finalmente registradas. Las Operaciones que estén registradas en esta Cuenta se consideran Operaciones propias del Miembro. Esta Cuenta no debe tener Posición al final de una Sesión, por lo que las Operaciones que permanezcan en la Cuenta Diaria al final de una Sesión se traspasarán automáticamente a la Cuenta Propia del Miembro. 
  • Cuenta Propia: el titular es un Miembro, en la que se registran las Operaciones propias de Miembro, y sus Garantías, reflejando en todo momento la Posición del Miembro. 
  • Cuenta de Cliente Individual, el titular puede ser cualquier persona física o jurídica, en la que se registran las Operaciones del Cliente y sus Garantías, reflejando en todo momento la Posición del Cliente. La apertura de este tipo de Cuenta deberá ser solicitada por el Miembro a BME CLEARING, de acuerdo con el procedimiento que se establezca por Circular. 
  • Cuenta de Clientes con Segregación, cuyo titular es un Miembro, en la que se registran las Operaciones y Garantías de los Clientes titulares de Cuentas con Segregación, reflejando, sin compensarse, la suma de las Posiciones de las Cuentas con Segregación.
En el Registro de Detalle a cargo de los Miembros Registradores se llevarán Cuentas con Segregación, cuyo titular puede ser cualquier persona física o jurídica, en la que se registran las Operaciones y Garantías de los Clientes, reflejando en todo momento la Posición de cada Cliente."
 
Las posiciones y activos de los Miembros se registran en las Cuentas Propias del Registro General mantenido por BME CLEARING. 
 

Los Clientes pueden elegir tener:

  • Cuentas Individuales Segregadas, registrando sus Posiciones y activos en las Cuentas de Cliente Individual en el Registro General gestionado por BME CLEARING
  • Cuentas Omnibus Segregadas, registrando sus Posiciones y activos en las Cuentas Segregadas en el Registro al Detalle gestionado por los Miembros Registradores.
 
BME CLEARING divulga y proporciona a todos los Miembros Compensadores de la ECC información separada por Posiciones y Garantías en todas las cuentas que tengan abiertas en el Registro General (artículo 5.1.e) del Reglamento de BME CLEARING), incluyendo las Cuentas de Clientes Individuales y las Cuentas de Clientes Segregados. Los Miembros deben transmitir esta información a sus Clientes, así como cualquier información relativa a las Posiciones y Garantías registradas en las Cuentas Segregadas del Registro al Detalle (artículo 8.1.E del Reglamento de BME CLEARING).
 
Fuente: BME

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