Con la
Reforma Fiscal introducida el pasado 1 de Enero de 2015, debemos tener en cuenta las
novedades en materias de retenciones para el 2015 que modificarán
los Impuestos sobre la Renta de Las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades entre otros.
Retenciones IRPF 2015
Para el ejercicio 2015 se han introducido nuevos tipos de retención o pagos a cuenta en los rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales y otras rentas a tributar en la Declaración de la Renta.
Retenciones en los rendimientos del trabajo:
Para los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales o estatutarias, de pensiones y de haberes tomaremos en cuenta los siguientes datos para aplicar las retenciones:
Base para calcular el tipo de retención
(hasta euros)
|
Cuota de retención
(euros)
|
Resto base para calcular el tipo de retención
(hasta euros)
|
Tipo aplicable
(porcentaje)
|
0,00 |
0,00 |
12.450,00 |
20% |
12.450,00 |
2.490,00 |
7.750,00 |
25% |
20.200,00 |
4.427,50 |
13.800,00 |
31% |
34.000,00 |
8.705,50 |
26.000,00 |
39% |
60.000,00 |
18.845,50 |
En adelante |
47% |
En los rendimientos del trabajo que sean atrasos correspondientes a imputar en un ejercicio anterior, se aplicará una retención del 15%.
Además, los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces, y demás miembros de otros órganos representativos tendrán una retención del 37% si son de carácter general, del 20% cuando sean rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros o bien si son rendimientos obtenidos en Ceuta o Melilla con derecho a deducción se reducirán a la mitad.
Por último, los rendimientos del trabajo derivados de cursos, conferencias, coloquios, seminarios, etc....o de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas con cesión del derecho a su explotación tendrán una retención del 19% excepto cuando sean rendimientos obtenidos en Ceuta o Melilla con derecho a deducción que se reducirán a la mitad.
Retenciones en los rendimientos del capital mobiliario:
Rendimiento del capital mobiliario |
Retención |
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20%
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-
Rendimientos obtenidos en Ceuta o Melilla con derecho a deducción.
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A la mitad |
Rendimiento del capital mobiliario derivados de los PALP |
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-
Por disposición del capital con anterioridad al plazo de 5 años o incumplir el límite de aportaciones.
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20% |
Retenciones en los rendimientos del actividades económicas:
Rendimiento derivados de actividades profesionales |
Retención |
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19%
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-
Rendimiento de actividades profesionales cuando el volumen de rendimiento íntegros del ejercicio anterior sea menos a 15.000€ anuales y sea más del 75% de la suma de sus RAE y RT.
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15% |
-
En el periodo impositivo de inicio de actividad y los 2 siguientes.
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9% |
-
Recaudadores municipales.
-
Mediadores de seguros que utilicen servicios de auxiliares externos.
-
Delegados comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.
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9% |
Rendimiento procedentes de actividades agrícolas o ganaderas |
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2% |
-
Actividades gananderas de engorde de porcino y avicultura
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1% |
Actividades procedentes de actividades forestales |
2% |
Actividades empresariales en Estimación Objetiva |
1% |
Retenciones en ganancias patrimoniales:
Se aplicará una retención del 20% a aquellas ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva o ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos de montes públicos que reglamentariamente se establezcan.
Retenciones en otras rentas:
Premios en metálico |
20% |
Rendimientos procedentes de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos. |
20% |
Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica o arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas. |
20% |
Rendimientos derivados de la cesión del derecho de expliación de derechos de imagen:
-
Con carácter general
-
Régimen especial de imputación
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24%
20%
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Modificaciones Impuesto de Sociedades 2015
Con efectos para los periodos impositivos que se inicien en el año 2016, se modifica el límite en la compensación de bases imponibles negativas y activos por impuesto diferido estableciéndose en el 60% de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización, en lugar del 70%.
Modificaciones Impuesto sobre el Patrimonio 2016
Con efectos desde uno de enero de 2016, sobre la cuota íntegra del impuesto sobre el patrimonio se aplicará una bonificación del 100% a los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir.
Modificaciones Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados 2015
En el año 2015 se actualiza la escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios. Para los fondos de capital riesgo se establece la exención de todas las operaciones sujetas a gravamen en la modalidad de operaciones societarias, para equiparar su tratamiento al de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros.