Los accionistas particulares (no se incluyen los institucionales) que suscribieron acciones de Bankia en su salida a Bolsa en 2011, pueden solicitar a la entidad que se les devuelva la cantidad invertida y un 1% más como intereses anuales.
En este proceso quedan incluídos aquellos particulares que ya vendieron sus acciones con pérdidas, e incluso los que hayan interpuesto una demanda judicial. En este último caso, al aceptar reclamar la devolución de las acciones a través de la entidad financiera, han de comprometerse a retirar la demanda judicial que está en proceso. Aparte de la devolución de la inversión inicial más el 1% de intereses, Bankia también se haría cargo de los gastos judiciales generados hasta el momento. La entidad calcula que de esta manera también se ahorrará muchos más costes que en el caso de perder los juicios y tener que hacerse cargo del coste completo.
Se excluyen del proceso todos los que compraron las acciones en Bolsa, en lugar de hacerlo a través de la misma Bankia o de otras entidades bancarias. También quedan fuera aquellos que compraron siendo directivos responsables de la entidad, los que ya tengan una sentencia firme sobre el caso (tanto si el resultado es favorable o desfavorable), y los que tengan cargas en las acciones.
Para poder solicitar la devolución, debemos rellenar un modelo que podemos encontrar tanto en las oficinas físicas de la entidad como en su página web, desde el 18 de febrero de 2016 y durante tres meses, tardando 15 días aproximadamente en recibir el dinero desde la solicitud. En este modelo aportaremos datos personales, la entidad en la que tenemos esos valores, y un número de cuenta.
En cuanto a la fiscalidad de la devolución de las acciones de Bankia, habrán diferencias dependiendo de la vía de la reclamación y del resultado de la misma.
Fiscalidad de la devolución de las acciones de Bankia reclamando directamente a la entidad
Los inversores que que aún tengan en su poder las acciones y reclamen la devolución de las mismas mediante el proceso que plantea Bankia, no han de preocuparse por la fiscalidad, ya que será como si no se hubiera producido la compra.
Sin embargo, para los accionistas que sí que hayan vendido sus títulos previamente a la reclamación y hayan presentado minusvalías, ahora tendrán que presentar plusvalías.
Fiscalidad de la devolución de las acciones de Bankia reclamando mediante proceso judicial
Para aquellos inversores que reclamaron vía judicial y se resolviera una sentencia favorable que declarase el contrato nulo, las consecuencias fiscales son las mismas que en el primer caso anterior: es como si la compra no se hubiera producido nunca, y no hay que hacer nada (no se declaran rendimientos de capital mobiliario ni positivos ni negativos). No obstante, sí que pueden recuperar los impuestos cobrados durante ese tiempo por intereses de los ingresos declarados nulos.
Por otra parte, los accionistas que no fueron a juicio, los que están pendientes de resolución, o los que obtuvieron una resolución desfavorable, deben declarar un rendimiento del capital mobiliario negativo. Y si se hubiesen vendido, habría que declarar la ganancia o pérdida patrimonial.