Este año 2013, la Agencia Tributaria ha agilizado los plazos a devolver y por ello, muchos de los contribuyentes que confirmaron el borrador de la Declaración de la Renta ya han recibido su devolución en la cuenta bancaria a los pocos días. Si eres de los que Hacienda todavía no les ha devuelto el importe a devolver de la Declaración de la Renta… no te preocupes!
Según datos de Hacienda, ya se han devuelto más de 6.487 millones de euros referentes a la campaña Renta 2012 ( un 6,3% más que el año pasado en estas fechas). En total, se ha devuelto el 76% de las devoluciones solicitadas en la campaña Renta 2012.
Normalmente, la Agencia Tributaria se marca el compromiso de realizar el 85% de las devoluciones antes de principios de agosto.
¿Qué pasa con el 15% restante que espera recibir su devolución en los próximos días?
Si eres uno de ese 15% que todavía no ha ingresado la devolución de la Renta, deberás tener paciencia ya que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta finales de año.
Hacienda tiene una plazo máximo de hasta 6 meses desde que haya finalizado la campaña (es decir, desde el 1 de julio) para poder ordenar la transferencia a favor del contribuyente. Como fecha límite, podrás recibir la devolución de la Declaración de la Renta 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013. De lo contrario, Hacienda te tendrían que pagar intereses de demora tributarios desde el día siguiente a la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene el pago.
¿Por qué no me han ingresado la devolución de la Renta?
Cuando presentamos la Declaración de la Renta (bien telemáticamente o físicamente), esta pasa por una base de datos y diferentes controles:
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Control aritmético: donde se cruzan los datos que tiene la Agencia Tributaria con los datos presentados por el contribuyente.
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Control normativo: donde se certifican que se cumplen todos los requisitos de las deducciones aplicadas.
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Investigación: donde se contrasta la información aportada por el contribuyente y cola que han facilitado las entidades bancarias, asociaciones, empresas, brokers…
Tras pasar con éxito los controles, la Agencia Tributaria realiza las devoluciones mediante una criba informática. De este modo, las primeras devoluciones que se realizan son para aquellos contribuyentes que han confirmado el borrador de la Declaración de la Renta.
Las segundas devoluciones que realiza la Agencia Tributaria son las de las Declaraciones que se presentaron por vía telemática, y las últimas las que se enviaron de forma física a través de las oficinas de la Agencia Tributaria o sucursales bancarias.
Otro de los motivos por los que todavía no te han devuelto el importe de la Declaración de la Renta puede ser la no concordancia de los datos presentados en tu Declaración de la Renta y los que tiene la Agencia Tributaria. En este caso, te puede solicitar facturas justificantes de tales rendimientos o deducciones.
En caso de que el retraso en el pago sea por errores u omisiones en la Declaración de la Renta presentada por el contribuyente, la Administración puede rectificar el resultado de la liquidación mediante la correspondiente liquidación provisional, modificando la cuantía de la devolución solicitada o determinando la improcedencia de la misma y notificando de este hecho al contribuyente.