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¿Como consultar el borrador del IRPF?

Introduccion al borrador

Los contribuyentes obligados a presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio
2008 que cumplan las condiciones que a continuación se detallan, pueden solicitar a
la Agencia Tributaria que les remita, a efectos meramente informativos, un borrador de su
declaración.

Si, una vez recibido dicho borrador, el contribuyente considera que refleja su situación tributaria
a efectos del IRPF, podrá efectuar la confirmación o suscripción del mismo en cuyo caso el
borrador confirmado tendrá la consideración de declaración del IRPF a todos los efectos.

El contribuyente podrá instar la rectificación del borrador de declaración recibido cuando considere que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o advierta
que contiene datos erróneos o inexactos.

Cuando el contribuyente considere que el borrador de declaración recibido no refleja su situación
tributaria a efectos del IRPF y no opte por instar su rectificación, deberá cumplimentar la
correspondiente declaración.

En todo caso, la eventual falta de recepción del borrador solicitado no exonera al contribuyente
de su obligación de declarar.

Para solicitar el borrador (enlazas con ¿Como solicitar el borrador del IRPF?)

Para consultar el borrador con Certificado digital: consulte su borrador

Soliticar Certificado digital en la AEAT

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