A continuación te contamos todo sobre los gastos de compra de una vivienda este 2025 ¡y también sobre los de la hipoteca!
Hay que tener en cuenta que al comprar una vivienda y solicitar financiación hipotecaria para ello, se acaban firmando dos escrituras ante notario: la escritura de compraventa y la escritura de préstamo hipotecario.
A modo resumen, los gastos de comprar una casa y la hipoteca que garantiza el préstamo solicitado son:
Hay que tener en cuenta que al comprar una vivienda y solicitar financiación hipotecaria para ello, se acaban firmando dos escrituras ante notario: la escritura de compraventa y la escritura de préstamo hipotecario.
A modo resumen, los gastos de comprar una casa y la hipoteca que garantiza el préstamo solicitado son:
Gastos e impuestos | Gastos | Impuestos |
Gastos de la hipoteca | Notaría Gestoría Registro Tasación | IAJD |
Gastos de la compraventa de vivienda | Notaría Gestoría Registro | IAJD, IVA O ITP* |
*En función de si la vivienda adquirida es de primera o segunda mano, se paga IVA o ITP.
¿Qué gastos tiene la compra de una vivienda?
Los gastos vinculados a la compraventa de un inmueble tiene que ver con la firma y registro de la escritura (notaría, gestoría y registro de la propiedad) y los impuestos que ello conlleva (IAJD, IVA o ITP, plusvalía municipal si se pacta que la paga el adquirente...).
Vamos a verlos en detalle:
Vamos a verlos en detalle:
El ITP o IVA
El impuesto a pagar dependerá de si se compra una vivienda de nueva construcción o si se trata de una vivienda de segunda mano. El tipo a pagar del ITP, además, puede variar según del lugar en el que compres la vivienda; en cuanto al IVA, también depende de si es una vivienda de protección oficial o una del mercado libre.
- ITP: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales, será el impuesto que tendrás que pagar si tu vivienda es de segunda mano. Se trata de un porcentaje sobre el importe de la compraventa y variará en función de la comunidad autónoma en la que residas:
Comunidad Autónoma | ITP (%) |
Andalucía | 7% |
Aragón | 8-10% |
Asturias | 8-10% |
Baleares (Islas) | 8-13% |
Canarias (Islas) | 6,5% |
Cantabria | 10% |
Castilla La Mancha | 9% |
Castilla y León | 8-10% |
Cataluña | 10-11% |
Ceuta | 6% |
Comunidad de Madrid | 6% |
Comunidad Valenciana | 8-10% |
Extremadura | 8-11% |
Galicia | 9% |
La Rioja | 7% |
Melilla | 6% |
Murcia | 8% |
Navarra | 6% |
País Vasco | 7% |
- IVA: el Impuesto sobre el Valor Añadido se pagará en el caso de que compremos una vivienda de nueva construcción. También se trata de un porcentaje sobre el valor de compraventa de la vivienda, pero será del 10% en todas las comunidades autónomas (4% si se trata de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública), salvo en las Islas Canarias, que no se pagará el IVA, sino el IGIC (Impuesto General Directo Canario) que será del 6,5%.
Hay que tener en cuenta que pueden darse casos específicos en los que pueden existir dudas sobre el impuesto aplicable. Por ejemplo, si el promotor alquila la obra nueva a particulares y pone a la venta estas viviendas trascurridos dos o más años, se pagará:
- IVA si los compradores son los propios inquilinos.
- ITP si compran personas ajenas al alquiler.
Nuevo valor fiscal de las viviendas (ITP)
Es importante tener en consideración para la base imponible del ITP cambió a partir 1 de enero de 2022 (con la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal), momento en que empieza aplicarse el valor de referencia de un inmueble.
Antes del cambio, el ITP se calculaba sobre el valor más alto entre el valor de escrituración, es decir el precio de compra, el valor de mercado y el valor catastral.
A partir del 1 de enero de 2022, la base imponible sobre la que se calcula el ITP es el Valor de Referencia, definido por la Dirección General del Catastro como el valor medio extraído de las compraventas firmadas ante el notario de la zona.
El valor de referencia de un inmueble no debería superar el valor de mercado; para ello, se aplica un factor de minoración del 0,9 (Orden HFP/1104/2021)
El valor de referencia de un inmueble no debería superar el valor de mercado; para ello, se aplica un factor de minoración del 0,9 (Orden HFP/1104/2021)
IAJD (Impuesto Actos Jurídicos Documentados)
Junto a ITP e IVA, debemos tener en cuenta el IAJD (impuesto de actos jurídicos documentados) de la escritura de compraventa, que debe pagar el comprador. Este impuesto grava los documentos notariales (la escritura de compraventa, en el caso que analizamos), mercantiles y administrativos.
La base imponible es el valor del inmueble declarado en la escritura, sobre el que se aplica un gravamen, según la comunidad autónoma, y pueden aplicarte un tipo reducido en función de tu perfil (joven, bajos ingresos, tener discapacidad...). El tipo de gravamen va del 0% del País Vasco al 1,5% de la Comunidad Valenciana o Galicia.
La base imponible es el valor del inmueble declarado en la escritura, sobre el que se aplica un gravamen, según la comunidad autónoma, y pueden aplicarte un tipo reducido en función de tu perfil (joven, bajos ingresos, tener discapacidad...). El tipo de gravamen va del 0% del País Vasco al 1,5% de la Comunidad Valenciana o Galicia.
Registro de la propiedad
Una vez tienes la vivienda comprada y el contrato de compraventa firmado, llega el momento de ir al registro de la propiedad.
Para registrar una vivienda en el registro de la propiedad, generalmente es necesario seguir los siguientes pasos:
Para registrar una vivienda en el registro de la propiedad, generalmente es necesario seguir los siguientes pasos:
- Obtener una copia del título de propiedad de la vivienda, que debe estar firmado por todos los propietarios.
- Preparar una escritura de compraventa que incluya la descripción detallada de la propiedad y la identificación de los propietarios.
- Llevar la escritura y el título de propiedad a un notario público, quien verificará la información y emitirá una certificación de autenticidad.
- Presentar la escritura, el título de propiedad y la certificación de autenticidad en el registro de la propiedad local.
- Pagar los derechos e impuestos correspondientes.
- Esperar a que se procese la solicitud y se emita una certificación de registro.
Estos son los costes establecidos:
Valor del inmueble | Tarifa |
Inferior a 6.010,12€ | 24,04€ |
Entre 6.010,13 y 30.050,61€ | 1,75€ por cada 1.000 euros más de valor |
Entre 30.050,62 y 60.101,21€ | 1,25€ por cada 1.000 euros más de valor |
Entre 60.101,22 y 150.253,03€ | 0,75€ por cada 1.000 euros más de valor |
Entre 150.253,04 y 601.012,10€ | 0,30€ por cada 1.000 euros más de valor |
Superior a 601.012,10€ | 0,20€ por cada 1.000 euros más de valor |
Notario
A la hora de firmar nuestra compraventa debemos acudir al notario y este es un gasto que tendremos que sumar a la compra. El importe está regulado por el estado y entre el 0,2 y 0,5% del valor del inmueble.
Gestoría
Por último, encontramos el gasto de la gestoría. En este caso puedes elegir si utilizar o no este servicio. La gestoría se encarga de la liquidación de los impuestos, pero si lo prefieres puedes hacerlo por tu cuenta. El coste aproximado es de 300 euros, si bien el precio no está limitado por ninguna norma.
Gastos e impuestos vinculados a la contratación de una hipoteca
Es posible que hagamos una compra de la vivienda sin la necesidad de contratar una hipoteca, pero lo más habitual es que sí la necesitemos.
¿Estás buscando hipoteca? A la hora de buscar hipotecas es recomendable comparar entre varias de bancos diferentes antes de decantarnos por una opción u otra. Teniendo varias ofertas sobre la mesa es cuando podemos intentar hacer que uno u otro banco nos mejore alguna de las condiciones.
Tasación de la vivienda
Salvo que encontremos una entidad que asuma el coste de la tasación, este será uno de los gastos asociados a la contratación de una hipoteca. La tasación es necesaria para que la entidad conozca el valor de la vivienda y en base a este valor marque el porcentaje de financiación que te van a conceder en la hipoteca.
El coste de la tasación variará en función del valor de la vivienda, pero estará entre los 200 y 800 euros, en función del valor de la vivienda. Aquí puedes encontrar las mejores tasadoras, que tiene descuentos especiales por ser usuario de Rankia.
IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados)
Este impuesto asociado a la escritura de la hipoteca lo asumirá el banco desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Notaría, registro de la propiedad y gestoría
Estos gastos asociados a la escritura de la hipoteca los asumirá el banco desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019. No debemos confundirlo con el coste de la notaría de la compraventa, que sí tendrá que abonar el propietario de la vivienda.
¿Cuáles son los gastos de la compra de una vivienda en total?
Ten en cuenta que los gastos de comprar una vivienda en 2025, van a variar bastante en función de muchas cosas, importe de la vivienda, comunidad en la que vas a comprar, si es una vivienda nueva o de segunda mano...
Tomamos como ejemplo una vivienda de 200.000 euros en la Comunidad de Madrid.
Tomamos como ejemplo una vivienda de 200.000 euros en la Comunidad de Madrid.
Gasto o impuesto | Vivienda nueva | Vivienda de 2º mano |
Notaría | 1.000€ | 1.000€ |
Registro | 500€ | 500€ |
Gestoría | 350€ | 350€ |
IVA | 20.000€ | 0€ |
AJD | 1.500€ | 0€ |
ITP | 0 | 12.000€ |
Total | 23.350€ | 13.800€ |
*Ten en cuenta que el AJD en Madrid en 2024 es 0,75% y el ITP es del 6%
¿Cómo puedo calcular los gastos asociados a la compra de una vivienda?
Calcular los gastos asociados a la compra de una vivienda puede parecer complejo, pero siguiendo unos pasos específicos puedes obtener una estimación precisa.
Pasos para calcular los gastos:
- Determina el precio de compra de la vivienda: El precio de compra de la vivienda será de la base que partimos para calcular el coste total.
- Consulta los impuestos locales: Verifica el porcentaje de ITP o IVA y AJD aplicable en tu comunidad autónoma, tal y como hemos comentado en las tablas anteriores.
- Solicita presupuestos: Contacta a notarios, registradores, tasadores y posibles gestores para obtener una idea de sus tarifas.
- Considera la financiación: Si necesitas una hipoteca, consulta con tu banco sobre las comisiones de apertura y los seguros requeridos. También deberás tener en cuenta los intereses de la hipoteca.
- Suma todos los gastos: Realiza un cálculo sumando todos los costos mencionados anteriormente.
Ejemplo práctico del coste total de la compra de una vivienda
Si compras una vivienda de 150.000€ en la Comunidad de Madrid sin hipoteca, tus gastos serían aproximadamente los siguientes:
Compra vivienda nueva en Madrid | |
Compra vivienda | 150.000 euros |
IVA (10%) | 15.000 euros |
IAJD (0,7%) | 1.050 euros |
Registro propiedad | 600 euros |
Notaría | 700 euros |
Gestoría | 300 euros |
Gastos totales de la compra de la vivienda | 167.650 euros |
Si compras una vivienda de segunda mano por 180.000€ en la Comunidad Valencia, con hipoteca, los costes aproximados serían los siguientes:
Compra vivienda 2º mano en Valencia | |
Entrada de la hipoteca (20%) | 36.000 euros |
ITP (10%) | 18.000 euros |
IAJD (0,7%) | 2.700 euros |
Registro propiedad | 600 euros |
Notaría | 700 euros |
Gestoría | 300 euros |
Tasación de la vivienda | 350 euros |
Gastos totales | 58.650 euros |
*Faltaría añadir los intereses de la hipoteca.
Con nuestra calculadora de la cuota, puedes calcular los gastos de comprar una vivienda en 2024.
En este caso, el banco nos dará el 80% de la financiación del importe del coste de la vivienda, que en este caso serán 36.000 euros y el único coste asociado a la hipoteca será la tasación.
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