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¿Cómo cancelar una póliza de seguro?

Dar de baja un seguro es un trámite que puede parecer más complicado de lo que realmente es. Ya sea porque has encontrado una mejor oferta, has vendido un coche o simplemente ya no necesitas esa póliza, lo importante es saber cómo proceder correctamente para evitar penalizaciones, pérdidas económicas o renovaciones no deseadas. 

Te explicamos todo lo que necesitas saber para cancelar un seguro de manera efectiva, legal y sin sorpresas.

¿Qué motivos te pueden llevar a dar de baja un seguro?

Existen muchas razones por las que una persona puede decidir dejar de tener una póliza activa. Lo importante es que tengas claro que dar de baja un seguro está en tu derecho como consumidor, siempre que lo hagas cumpliendo ciertos requisitos de forma y plazo.

Entre los motivos más frecuentes para cancelar un seguro están:

  • Has encontrado otra compañía que ofrece mejores condiciones o un precio más ajustado a tu presupuesto.
  • Tu situación personal o patrimonial ha cambiado, y necesitas otras coberturas diferentes.
  • Has tenido un mal servicio tras un siniestro o parte, y no estás satisfecho con la respuesta de la aseguradora.
  • No estás de acuerdo con la subida de la prima del seguro al renovar.
  • Ya no necesitas el seguro porque has vendido el coche, cancelado un alquiler, o cerrado un negocio.

Aunque algunos casos pueden parecer "sin motivo", como la venta de un bien, lo cierto es que cualquier razón es válida si actúas dentro del marco legal.

¿Se puede dar de baja un seguro antes del vencimiento?

Sí, se puede dar de baja un seguro antes del vencimiento, aunque es importante saber en qué situaciones esto es legalmente viable y cómo hacerlo sin que te penalicen.

La Ley del Contrato de Seguro (artículo 22) exige que la cancelación se comunique al menos con un mes de antelación a la fecha de renovación automática. Si te pasas de ese plazo, no significa que no puedas anular la póliza, pero el proceso será diferente y, en algunos casos, puede tener consecuencias económicas.

Hay situaciones específicas donde es totalmente legal cancelar antes del vencimiento sin penalizaciones:

  • Derecho de desistimiento: Tienes 14 días naturales desde la contratación (si fue a distancia) para desistir del contrato sin alegar motivo alguno.
  • Incumplimiento de contrato por parte de la aseguradora: Si la compañía modifica condiciones sin previo aviso o sube la prima sin comunicártelo al menos dos meses antes, puedes darla de baja incluso fuera de plazo.

¿Cuáles son los riesgos de dar de baja un seguro?

Cancelar un seguro fuera de plazo o de forma incorrecta puede acarrear algunos problemas que conviene evitar. Por eso es tan importante seguir el procedimiento adecuado.

Los riesgos son:

  • Renovación automática no deseada: Si no notificas con el tiempo suficiente, el seguro se renueva y podrías estar obligado a pagar la prima del nuevo periodo.
  • Pérdida de la prima no consumida: Si cancelas a mitad del año, no te devolverán el dinero correspondiente al periodo que no usarás (salvo excepciones).
  • Penalizaciones: En seguros de vida o salud, algunas pólizas pueden contemplar penalizaciones si se anulan fuera de los plazos acordados.

¿Cómo redactar correctamente la carta para dar de baja un seguro?

Aunque cancelar un seguro puede parecer burocrático, en realidad no lleva más que unos minutos si se hace bien. El paso más importante es comunicarlo por escrito. La forma más segura es hacerlo mediante burofax o carta certificada, aunque algunas compañías también aceptan email o formularios específicos en su web.

La carta para cancelar una póliza de seguro debe contener los siguientes datos:

  • Nombre completo del asegurado.
  • Nombre de la compañía aseguradora (con dirección si se conoce).
  • Número de póliza.
  • Fecha de vencimiento de la póliza.
  • Motivo de cancelación (opcional, pero recomendable).
  • Fecha de envío de la carta.
  • Firma del asegurado.

Puedes solicitar confirmación de recepción y conservar una copia para protegerte ante posibles malentendidos. A continuación, te mostramos el formato que suele tener el escrito:

¿Cómo dar de baja el seguro de coche paso a paso?

Si lo que quieres es dar de baja un seguro coche, el proceso es el mismo que para cualquier otro tipo de póliza, pero debes tener en cuenta algunos detalles específicos.

  1. Verifica la fecha de vencimiento de la póliza para saber si estás dentro del plazo.
  2. Notifica la baja con al menos 30 días de antelación por escrito.
  3. Incluye la documentación del vehículo si ya lo has vendido o dado de baja en Tráfico.
  4. Si la aseguradora subió el precio y no te lo notificó con tiempo, puedes alegar incumplimiento y cancelarlo, aunque estés fuera de plazo.
  5. Guarda siempre una copia de la carta enviada y el justificante de entrega (por burofax o correo certificado).

Recuerda que dar de baja el seguro del coche no implica que dejes de tener la obligación legal de asegurarlo si aún está a tu nombre y en circulación.

¿Cómo cancelar un seguro sin penalización?

Evitar penalizaciones al dar de baja un seguro antes del vencimiento es posible, pero hay que cumplir ciertos requisitos.
Derecho de desistimiento (14 días)
Si contrataste el seguro por internet, por teléfono o fuera de una oficina física, la ley te da 14 días naturales para desistir. No tienes que dar explicaciones ni pagar penalización, aunque sí el importe correspondiente a los días que estuviste cubierto. 
Incumplimiento de la aseguradora
Si la aseguradora modifica las condiciones del contrato (como el precio) y no te lo comunica con al menos dos meses de antelación, puedes alegar incumplimiento. Esta es una vía segura para dar de baja un seguro fuera de plazo y sin penalizaciones. 

¿Qué hacer si quieres cancelar un seguro fuera de plazo?

Hay casos en los que, por despiste o decisión tardía, ya no estás dentro del plazo de los 30 días previos a la renovación. En ese caso, se puede dar de baja un seguro antes del vencimiento, pero debes asumir algunas consecuencias o tener en cuenta excepciones legales.
¿Pierdo el dinero?
Si pagaste la prima anual completa, no te devolverán la parte proporcional no consumida. Y si el pago era fraccionado, deberás abonar las cuotas pendientes, aunque canceles el seguro antes del vencimiento. 
¿Puedo cancelar en cualquier momento?
Sí, puedes cancelar en cualquier momento, pero si no estás amparado por el derecho de desistimiento ni puedes alegar incumplimiento de contrato, perderás dinero. Aun así, puede que compense si encuentras una póliza más económica y completa en otra compañía. 

Consejos antes de cancelar un seguro

Antes de tomar la decisión definitiva, ten en cuenta estas recomendaciones:

  • Valora si te compensa: Si faltan pocos meses para el vencimiento, quizá sea más rentable esperar a la fecha y evitar perder parte de la prima.
  • Presta atención a la renovación: Si tu aseguradora no te ha notificado los nuevos términos al menos dos meses antes, puedes cancelar fuera de plazo sin penalización.
  • Sigue el procedimiento correcto: Hazlo siempre por escrito, y conserva copia de lo enviado y recibido.
  • Consulta con un profesional si tienes dudas legales o si el contrato tiene cláusulas complejas.

Preguntas frecuentes


Si no comunicas tu decisión con al menos un mes de antelación, el seguro se renovará automáticamente. Esto puede suponer una obligación de pago durante otro año. Siempre es mejor anticiparse y notificar con tiempo. 


Sí, especialmente si estás dentro del plazo legal para desistir. Incluso fuera de ese periodo, no siempre es obligatorio justificar el motivo, aunque conviene hacerlo por claridad. En general, el procedimiento importa más que la razón. 


Un ejemplo claro es cuando modifican el precio o las condiciones sin avisarte con dos meses de antelación. También si no te envían el aviso de renovación. En esos casos, puedes cancelar el contrato incluso fuera de plazo. 

Si estás pensando en cambiar tu póliza de seguro, te dejamos alguna de las aseguradoras destacadas actualmente para que compares sus ofertas y puedas elegir la que mejor se ajusta a tus necesidades.
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Seguro de salud desde 17,50
  1. en respuesta a Ginés S.
    -
    #20
    07/03/15 13:05

    Hola Gines.
    Efectivamente, a efectos legales se debe avisar con 2 meses de antelación para la cancelación del seguro. Pero habitualmente se suelen dar al menos dos condiciones que posibilitan cancelarlo después:
    1._ En los seguros de automóvil, habitualmente la compañía presenta un aumento de la prima en el momento de la renovación, lo cual representa un cambio en las condiciones contractuales del seguro y por tanto tendrías 15 días desde esta notificación para cancelar el seguro dentro del la legalidad.
    2._ Aún y pasado el plazo de 2 meses, si avisas del deseo de no renovar con un tiempo prudencial en la mayoría de las ocasiones la aseguradora no pone excesivos problemas y resolvéis el contrato de mutuo acuerdo (esto cada vez cuesta más trabajo). A unas malas, la práctica ERRONEA de devolución del recibo, termina surtiendo su efecto, ya que si el importe no es muy elevado a la compañía no le interesa entrar en demandas y trabas judiciales para reclamar esa cantidad.

  2. en respuesta a Pepeseguro
    -
    Nuevo
    #18
    22/03/14 13:42

    Gracias por la respuesta.
    Planteo otra reclamación a ver si así sale mejor.
    En mi contrato actual de seguro de hogar me tienen el continente por 40k euros. Pedí presupuesto en otra aseguradora y ellos valoran el continente en 72k euros. Según la ley de seguros podria considerarse que tengo un infraseguro y por tanto es lesivo y reclamar el termino del contrato?????. Gracias

  3. #17
    20/03/14 12:04

    Buenas, sobre este tema tengo una duda. ¿Cuantos días son esos dos meses?, ya que solicite la baja con 60 días de antelación, un 18 de julio, a la renovación que se efectuaba un 16 de Septiembre y me dicen que por dos días no entra dentro de plazo, y yo creo que si está dentro de plazo...La cuestión es que mi agente me dijo que en un mes de antelación a la renovación podía avisarme del precio de la renovación y que no habían admitido a tramite mi solicitud porque estaba fuera de plazo. Un mes despues contacto con el para saber el precio de la renovación y me comunica que si que habían admitido a trámite mi solicitud y que no se iba a renovar el seguro así que he asegurado el vehiculo con otra compañía. Mi sorpresa es que en el mes de noviembre me viene el primer recibo del seguro con mi antigua compañia, devolví el recibo, hablé con mi agente y con el correo y el comunicado por delante me dijo que no me preocupara. Un mes despues me reclaman con una carta desde la compañia de seguros el importe de la prima del seguro y que emprenderían acciones legales si no lo hacía, lo curioso es que la carta viene a nombre de mi hermano que también está asegurado en esa compañia reclamando el importe de mi póliza, él está asegurado con una póliza distinta y con un vehículo distinto, vamos que no tenía nada que ver él en mi póliza, en la mía estaba yo como titular del vehiculo, conductor principal y tomador del seguro. Hace unos días vuelven otra vez a cobrarme pero ahora la segunda prima ya que tenía pago semestral y otra vez la misma historía, ya he hablado con mi agente y me ha dicho las dos veces anteriores que estaba solucionado, ahora la tercera me dice que es cuestión de que avisé dos días tarde....¿Que puedo hacer? es verdad que avisé dos días tarde, porque realmente avisé con 60 días de antelación que es lo que normalmente en otros tramites corresponde a dos meses, además de que mi agente me confirmó que efectivamente habían admitido a trámite mi solitud y que el día que vencía la póliza me quedaba sin seguro si no avisaba antes.

    Un saludo.

  4. en respuesta a Elena Milla
    -
    #16
    18/03/14 12:57

    Si, eso es. También depende del motivo de la baja, si tienes un vehiculo y lo vendes o lo das de baja te la anulan incluso con la fecha de venta o baja y algunas te devuelven el restante asta finalizar la anualidad. Dependerá de la cia.

  5. en respuesta a Elena Milla
    -
    #14
    18/03/14 12:11

    No es cuestión de la póliza, creo que estás confundida. De lo único que depende la póliza es de la fecha de vencimiento. Recuerdo que hablamos de UNA LEY, que ni aseguradora, ni comercial ni nadie puede omitir salvo UN JUEZ.

    Por mucho que tu póliza ponga artículos abusivos según la ley la puedes anular con dos meses de antelación al vencimiento solicitandolo por escrito. Da igual la cobertura. Lo que depende del agente o la cia solo es si es antes del vencimiento.

    También quería puntualizar que NADIE puede obligarte a hacer un seguro con ellos. Los bancos lo hacen para la hipoteca, por la cesión de derechos y así se llevan la comisión de paso. En particular le pasó a un hermano mio que le querían obligar a hacer el seguro con ellos, hasta que intervine y se lo hice por la mitad de precio con la cia en la que trabajaba y la empleada del banco no pudo hacer nada.

    Las pólizas son anuales renovables (renovación automática) salvo productos con temporalidad inferior (eventos, viajes...) o de mayor duración según las condiciones particulares de tu póliza. Si avisas a tu banco con dos meses de antelación y les presentas una póliza ya con la Cesión de derechos hacía ellos no pueden negarse legalmente.

    Espero ser de ayuda.
    Otra cosa es que si no te lo haces no te den la hipoteca, pero una vez ya concedida no pueden obligarte.

  6. #13
    18/03/14 12:02

    Siempre hay que avisar con 2 meses para ramos generales segun muy bien indica el post. En autos solo se puede anular antes si has vendido el coche (o cambio de vehiculo), lo has dado de baja osiniestro total o robo. En cuanto a salud, vida... suelen finalizar al terminar el año natural así que en Octubre.

    No estoy de acuerdo con lo que dice Davidlopez, en ningun caso depende del Agente, ni del asesor, ni del corredor... se trata DE UNA LEY. Recomiendo enviarlo por varias vias, tanto por BUROFAX a la sede social de la cia como por fax o e-mail del departamento de bajas de la cia y si se puede también al agente guardando los comprobantes. Y si no te la anulan, tienen todas las de perder.

  7. en respuesta a laraa123
    -
    #7
    05/06/13 12:53

    Tipica estratagema bancaria. Cualquier cuestión que quiera plantearme, puedo ayudarle a hacer numeros. Clicando en mi nombre le saldrá mi pagina y en enlace para ir a ella y alli puede consultar lo que quiera. Gracias!

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