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En 2017 entrará totalmente en vigor la normativa MiFID II, y hasta entonces irán aplicándose pequeñas modificaciones. El marco regulador de esta nueva normativa se exigirá a partir del 3 de Enero de 2017 y los países miembros tendrán como fecha límite el mes de Julio de 2016 para incorporar la MiFID II a sus respectivos marcos de leyes que regulan los mercados.

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mifid ii

Los objetivos de la MiFID II

La nueva normativa hace hincapié en varios aspectos como son nuevos esquemas de mercado para fomentar la competitividad entre los distintos mercados, la mayor transparencia para más mercados, la obligación para las empresas que se dedican a los servicios de inversión de negociar acciones y derivados en mercados, la regulación y la especificación de utilizar en los mercados los High Frequency Trading (HFT), la publicación de datos y el acceso a éstos, el acceso a Entidades de Contrapartida Central, mercados e índices y nuevas herramientas de supervisión de los derivados sobre Materias Primas.

Con la MiFID II se quieren conseguir los siguientes objetivos estratégicos:

  • Asegurar que se trate por igual a todos los participantes en los mercados (infraestructuras de negociación e inversores).

  • Promover la estabilidad financiera y mejorar el funcionamiento ordenado de los mercados.

  • Aumentar los mínimos de trasparencia a los participantes en los mercados.

  • Aumentar la coordinación entre supervisores y reforzar sus competencias.

  • Mejorar la protección del inversor.

  • Mejorar deficiencias de organización y de control.

  • Facilitar el acceso a la financiación, vía capital, de las PYMES.

Los principales cambios introducidos en la MiFID II en relación a los mercados financieros son los siguientes:

  • Extiende el control sobre la venta de determinados instrumentos financieros.
  • Se crean los Organised Trading Facilities (OTF), una nueva categoría de mercado para determinados productos financieros.
  • Se aumentan los requerimientos a los operadores: en la solicitud de autorización se deberá incluir una explicación de por qué el sistema no se puede operar desde un mercado regulado.
  • Habrá una mayor intervención de los supervisores, que también tendrán capacidad para prohibir ciertos productos o actividades financieras y poner mayores sanciones.

La MiFID II y los derivados

Uno de los desafíos más importantes de la MiFID II son los mercados Over The Counter (OTC). La mayoría de mercados OTC no tienen supervisión y son muy opacos (no existe transparencia), además estos mercados cada vez están moviendo más volumen. La Comisión Europea considera que debería de ser exigible que los derivados OTC que sean susceptibles de ser compensados centralizadamente y que tengan liquidez suficiente, según los criterios que establezca la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), se negocien en mercados secundarios oficiales, en MTF (Multilateral Trading Facility) o en una categoría específica de sistemas organizados de negociación. 

Unas líneas más arriba hemos mencionado los Organised Trading Facilities (OTF). Los OTF son cualquier instalación o sistema diseñado para reunir compras y ventas o las órdenes relativas a instrumentos financieros. El objetivo de los OTFs es dotar de transparencia y una estructura de negociación a los mercados Over The Counter.

La MiFID II y las empresas no financieras

Con la primera normativa MiFID las empresas no financieras no estaban bajo esta regulación, pero con la MiFID II, determinadas empresas que necesiten acceder al mercado de materias primas estarán bajo esta normativa si superan determinados umbrales, ya que la MiFID II establece niveles máximos en cuanto a inversiones en materias primas.

 

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