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Cláusula de extorno

Aquella que prevé que el tomador recibirá una cantidad, bien en el caso de que la póliza sea cancelada o si se reducen los beneficios o las coberturas o la prima, a causa de la disminución de los valores asegurados o por otras circunstancias.

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Cláusula de extorno, Enrique Valls, 14 de diciembre del '21, Rankia.com
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