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Indexar

Indexar significa vincular una variable a la evolución de un indicador. Puede vincularse, por ejemplo, el tipo o tasa de interés de un crédito o un producto financiero a un índice como el Euríbor. Pero no es el único caso, como veremos a lo largo de este artículo.
 
En términos coloquiales, indexar, para el mundo económico, sería como “atar” o unir. Así, si el indicador de referencia varía, también lo hará la variable indexada en una proporción similar.
 
Ejemplo: Si el Euríbor sube, también subirá el tipo de interés aplicado al instrumento financiero.
 
Existen básicamente cuatro casos en los que principalmente podemos indexar, y explicaremos cada uno.
 

Indexar sueldos a la inflación

En este caso, lo que estamos haciendo es vincular el ajuste de una remuneración al incremento de precios, medido por el índice de precios al consumo (IPC). Así, si el IPC aumentó 9%, por ejemplo, el salario también debería subir en esa proporción.
 
La lógica detrás de esta indexación es que las personas que reciben el sueldo no vean disminuido su poder adquisitivo. Si los precios suben, pero no el salario, esto implica que la persona tendrá un menor ingreso disponible, lo cual le resta bienestar.
 
Ahora, esto lo pueden hacer las empresas privadas, aunque no siempre aumentan los sueldos en la misma proporción que la inflación. Pero siempre suele darse un ajuste de las remuneraciones de forma anual.
 
Del lado del Gobierno, se puede indexar el sueldo de sus trabajadores a la inflación. Esto implica que se está transfiriendo el riesgo de inflación de los empleados del Estado al propio Estado.
 

Indexar productos financieros

Este caso es el que referíamos líneas arriba, implica vincular el tipo de interés a un índice, como puede ser el Euríbor. Aunque también podría vincularse al IPC o al índice de una bolsa.
 
Los gobiernos, por ejemplo, pueden emitir bonos (deuda pública) indexados a la inflación. Asimismo, se pueden indexar las tasas aplicadas a productos de ahorro como depósitos.
 
Por ejemplo, podemos tener una tasa X indexada a la tasa Libor anual más un margen de 4%. Entonces, si la tasa Libor anual es de 5%, la tasa X será de 9%(4%+5%).
 

Indexar impuestos

Esto significa vincular las tasas impositivas a la inflación. La idea es evitar que el contribuyente destine un mayor porcentaje de su ingreso disponible para el pago de impuestos si su poder de compra no se ha incrementado.
 
Recordemos que las tasas impositivas pueden estar diferenciadas por tramos. Entonces, si la persona recibe un ajuste en su salario de 5%, por ejemplo, por la inflación, y su poder adquisitivo no varía, aunque el valor nominal de su sueldo se haya incrementado, no debería pagar una tasa impositiva correspondiente a un tramo más alto. 
 
Por tanto, los límites de los tramos deberían ir variando. Si el tramo era, hipotéticamente, de 4.000 a 10.000 euros anuales, al año siguiente esa escala podría ser de 4.200 a 10.500 anuales.
 

Indexar monedas

Se puede vincular una moneda a otra. Es decir, fijar el tipo de cambio de una divisa en función a otra, de modo que siempre se mantenga la misma proporción.
 
Dicho de otro modo, que un peso, por ejemplo, siempre tenga el precio de dos dólares. Y esto demanda una constante intervención de las autoridades monetarias.
 
Recordemos que el tipo de cambio es como cualquier precio, solo que en este caso hablamos del precio de una moneda denominada en otra. Entonces, lo que se está haciendo es fijar un precio, en lugar de que este se determine por la oferta y la demanda del mercado. 
 
A diferencia de los casos anteriores, aquí no hablamos de vincular una variable a la evolución de los precios, sino una moneda a otra.
 

Caso colombiano de indexación del valor del peso

En Colombia, el banco central nos presenta una fórmula para trabajar con indexación, de manera que esto pueda servir para calcular el valor de un monto de dinero a reintegrar, por ejemplo.


Donde
VAPt-j= valor de un peso del periodo t-j expresado como pesos del periodo t
t= periodo actual
t-j= periodo inicial
IPCt=índice de precios al consumidor del periodo t
IPCt-j=índice de precios al consumidor del periodo t-j
 
Entonces, veamos un ejemplo de cómo usar esta metodología. Si el IPC en enero de 2022 es de 105, el IPC en julio de 2022 es de 120, y tengo un monto para indexar (de enero a julio de 2022) de 4.000 pesos, ¿cuál será el valor indexado?
VAP=120/105*4.000=4.571,43


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Indexar, GuillermoWestreicher, 16 de noviembre del '22, Rankia.com

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