Central de Información de Riesgos (CIR) o Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE)
Servicio del Banco de España que contribuye a disponer de una estadística general del crédito a través de la información que las entidades financieras han de transmitir regularmente sobre los riesgos que contraen con sus clientes. Al mismo tiempo permite identificar a los clientes con riesgos elevados (se computan todos aquellos que superen los 1.000€).
Cada persona puede comprobar si los datos registrados que le afectan son correctos. La existencia de la CIR permite que, antes de conceder un crédito, una entidad pueda conocer los riesgos agregados del cliente y la posible existencia de impagados significativos.
La Central de Información de Riesgos (CIR) es un servicio público que gestiona una base de datos en la que constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes. La Central de Información de Riesgos (CIR) es un reflejo de lo que tienen sobre usted las entidades en sus bases de datos.
Para cada uno de esos riesgos, las entidades que los declaran facilitan la información más relevante, incluyendo la identificación del cliente. Por ejemplo, si usted es titular de un préstamo hipotecario, su nombre y su número de identificación fiscal estarán registrados en la Central de Información de Riesgos (CIR), junto al importe que sume su deuda (en miles de euros redondeados) a final de cada mes.
La información de la Central de Información de Riesgos (CIR) está protegida por importantes medidas que garantizan su calidad, seguridad y confidencialidad. Esto es así por obligación legal. Además, el Banco de España ha considerado siempre esos objetivos como propios.
Objetivos de la CIRBE
La Central de Información de Riesgos (CIR) tiene dos objetivos fundamentales:
- Facilitar a las entidades declarantes información necesaria para su actividad. Imaginemos, por ejemplo, que su entidad de crédito está estudiando si darle o no un préstamo. A través de la Central de Información de Riesgos (CIR), y con su conocimiento, la entidad puede saber cuál es la deuda que usted ya tiene con otras entidades, y así hacerse una idea mejor de su solvencia. Una vez que le den el préstamo, y mientras lo deba, la entidad será informada mensualmente de forma agregada de todos los riesgos que hayan sido declarados a la Central de Información de Riesgos (CIR), lo que le ayudará también a conocer su situación.
- Permitir al Banco de España el adecuado ejercicio de sus competencias y en particular las de supervisión e inspección de las entidades de crédito.
Cómo funciona la CIRBE
Las entidades tienen que declarar mensualmente a la Central de Información de Riesgos (CIR) la práctica totalidad (hay algunas excepciones) de sus riesgos de crédito y los titulares a quienes corresponden, incluyendo los datos, características y circunstancias más significativas.
Con carácter general, este organismo solo registra deudas superiores a los 1.000 €.
Están obligados a declarar a la Central de Información de Riesgos (CIR) las entidades de crédito (los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y sucursales en España de entidades de crédito extranjeras; los establecimientos financieros de crédito y el ICO); el Banco de España; los Fondos de Garantía de Depósitos en establecimientos bancarios, en cajas de ahorros y en cooperativas de crédito; las Sociedades de Garantía Recíproca, las Sociedades de Reafianzamiento y la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria.
Los riesgos declarados se clasifican en dos grandes grupos:
1.- Riesgos directos. Son los que se derivan de préstamos o créditos, de dinero o de firma (fundamentalmente, avales) y de las operaciones de arrendamiento financiero (el llamado ‘leasing’), así como los valores de renta fija que posea la entidad, con exclusión de los emitidos por la Administración Central.
2.- Riesgos indirectos. Son los de quienes garantizan o avalan a otros clientes que tienen concedidos préstamos o créditos por la entidad. Por ejemplo, avales, afianzamientos y garantías personales, firmas comprometidas en los efectos financieros y firmas que hayan sido tenidas en cuenta por la entidad declarante para la asunción del riesgo.
Los datos declarados a la Central de Información de Riesgos (CIR) por las entidades serán exactos y estarán puestos al día, de forma que reflejen fielmente la situación de los riesgos y de sus titulares.
Mensualmente la Central de Información de Riesgos (CIR) comunica a las entidades información agregada sobre los riesgos en el sistema, de los titulares que tienen declarados.
Cómo se puede solicitar la CIRBE
Las dos formas más comunes de solicitar la CIRBE, son:
Solicitar la CIBRE de manera presencial
Para poder solicitar la CIRBE de manera presencial, debes acudir a la central del
Banco de España, o bien, a las sucursales de esta. También podemos acudir a nuestro banco habitual. Unicamente se necesita cumplimentar el formulario referente a las
personas jurídicas.
Solicitar la CIRBE de manera online
Para
solicitar la CIRBE de manera online, debemos hacerlo accediendo a la página web del Banco de España, dentro del apartado "Tramitación", debemos dirigirnos a la aplicación de
Petición Informes y reclamaciones CIR. Para obtener estos datos mediante internet, únicamente, será necesario contar con la
firma digital.
Documentos que se necesitan para solicitar la CIRBE
La documentación necesaria para solicitar la CIRBE, según si es para personas físicas o jurídicas, será diferente:
Documentación para solicitar la CIRBE (personas físicas)
Los documentos que se necesitan para solicitar la CIRBE de personas física son:
- En el caso de que la solicitud sea realizada por el titular, se precisará: original y fotocopia de su DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que le identifique y en el que conste su firma.
- En el caso de que la solicitud sea realizada por un representante del titular, se precisará: original y fotocopia de el DNI, NIE, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular y al representante, además de la copia del poder que le da derecho a recopilar la información.
Documentación para solicitar la CIRBE (personas jurídica)
Los documentos que se necesitan para solicitar la CIRBE de personas jurídicas son:
- En este caso, se precisará: original y copia del DNI del representante de la persona jurídica, original del poder o documento acreditativo de la representación. Además, al aportar una escritura de nombramiento de administradores de sociedades mercantiles o apoderados generales, será necesario que su inscripción conste en el Registro Mercantil o en el registro que corresponda, en cada caso. Es importante que en el poder notarial, aparezca de manera clara, que el representante está apoderado por el titular para solicitar la información de la CIR.
Derechos de acceso y rectificación a la CIRBE
Cualquier persona física (un individuo) o jurídica (una sociedad) puede acceder de forma gratuita a toda la información que está a su nombre en la Central de Información de Riesgos (CIR).
Los titulares que consideren que los datos declarados por las entidades a la Central de Información de Riesgos (CIR) son inexactos o incompletos pueden pedir su rectificación o cancelación.
Fuente:
BDE