Re: trato fiscal afectados afinsa
De verdad, que tú vives en tu mundo de fantasía y cada vez tienes los pies más despegados del suelo. ¿Haz visto, acaso, que Pedraz tenga algo a que agarrarse, cuando tras seis años, nada menos, sigue igual a como entonces estaba? Unos cargos que se tenían por probados y se le cayeron todos juntos, desde las primeras de cambio. Lo único que le queda, es seguir mareando la perdiz, con sus infinitas comisiones rogatorias y en un intento desesperado, por ganar tiempo muerto para el Estado.
En la RPE por la colza, se tardaron muchos años, ciertamente, en obtener una Sentencia condenatoria contra el Estado, pero, no existió una desestimación previa, que, luego, hubo que recurrir (aquí quien recurrió y retrasó el proceso fué el propio Estado). Simplemente, los Tribunales tardaron en pronunciarse.
En el caso éste, por contra, a los que pidieron la RPE por "in vigilando", les fué rechazada la misma, por la Audiencia Nacional, en 1ª instancia y tras el posterior recurso, se dictaminó lo propio, por el mismo Tribunal Supremo, también. Con ésto, se agotan los recursos por ésta vía. Se podrá apelar en Estrasburgo, pero, con eso, lo más que podría conseguirse, sería una compensación moral (si el Tribunal os diera la razón y que yo dudo mucho). Los Tribunales internacionales, no tienen competencia sobre decisiones judiciales, que, afectan, exclusivamente, a jurisdicciones nacionales de países soberanos. No pueden, pues, obligar y vincular a éstos, a sus decisiones.
Es por eso, por lo que, no quedará de otra, que, seguir confiando en la Justicia española, máxime, cuando aún no se han agotado, todas las posibilidades para reclamar. Lo único que será preciso, es, enfocar el asunto con la estrategia adecuada y no persistir en obstinados errores. Ésto, tan sólo redundará, en mayores perjuicios para todos y por lo mismo, la RPE que se debe solicitar, es, la que contempla la vía del "in actuando".