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PODER DECIDIR POR UNO MISMO

2 respuestas
PODER DECIDIR POR UNO MISMO
PODER DECIDIR POR UNO MISMO
#1

PODER DECIDIR POR UNO MISMO

ME ALEGRO, QUE DESPUES DE TODO, SEA ACEPTADO UN CONVENIO (CON EL VISTO BUENO DEL SEÑOR JUEZ)Y POR QUE NO UN SEGUNDO SI ES POSIBLE, Y SOBRE TODO PODER DECIDIR YO LA SOLUCIÓN QUE CONSIDERO CORRECTA. PUES ANTE LOS PLANTEAMIENTOS QUE HAY PREFIERO OBTENER TAN SOLO EL 50% DE 6OO.OOO EUROS EN ESE LARGO TIEMPO DE 5 AÑOS, QUE CONSEGUIR ESE ENCANTADOR Y MARAVILLOS 10 Ó 20 % SI ES QUE LLEGA Y EN UN TIEMPO QUE NO ME ASEGURAN QUE PUEDA SUCEDER. PUES COMO SE DESARROLLARIA ESA DESEOSA LIQUIDACION, TODO UN LOTE PARA ALGUN INTERESADO, O POCO A POCO PARA MAS INTERESADOS TODAVIA, Y CON UN TIEMPO QUE SE ALARGARIA EN UNOS CUANTO AÑOS TAMBIEN. YO LA LIQUIDACIÓN SERÍA LO ÚLTIMO, COMO INTERESADO EN RECUPERAR MI DINERO. AHORA SI NO ES MI DINERO O POCA COSA, Y SI TENGO MAYOR BENEFICIO EN LA LIQUIDACIÓN. ESTÁ CLARO QUE A LIQUIDAR AL ESTILO FORUM.

#2

Re: PODER DECIDIR POR UNO MISMO

Hola,

Sería interesante que escribieses como la mayoría, o sea, usando mayúsculas y minúsculas ya que no se si sabrás que en los medios digitales eso significa "gritar" y comenzar tu andadura "gritándolo todo" como que no da muy buena impresión.

Sobre el resto y desde el respeto a todas las posiciones que no partan de un fanatismo ciego y puedan ser razonadas, ¿me podrías decir de que manera y quien te va a garantizar a ti el cobro de ese 50%?, a través de un supuesto convenio, ya que yo sepa todavía no se ha presentado ningún aval que pueda garantizar el cobro. Por lo tanto no creo que la opción de aprobar un convenio SIN AVAL y mucho menos la de convertirse en accionista de Afinsa, no creo que tenga muchos adeptos.

Saludos

#3

Re: PODER DECIDIR POR UNO MISMO

Y ahora que, sin ánimo de molestar y con mi más profundo respeto, tengo que decirte que deduzco de tu escrito que no tienes ni idea de donde estas. Intenta informarte un poco, ya que estas desorientadísimo.

Mira el Convenio del 50% que dices ya ha sido rechazado por el Juez, queda pendiente los oportunos recursos legales que no van a decir otra cosa que confirmar el rechazo de este Convenio.

Así pues, queda el presentado inicialmente por el Sr. Cano en una dura reunión y que fue rechazado por la gran mayoría de los asistentes.

La propuesta de este Convenio, como te digo no es devolverte el 50%, sino regalarte el 80% de las acciones para que pases a ser empresario tu, eso sí con la RENUNCIA EXPRESA al PACTO DE RECOMPRA. Creo que te das cuenta de lo que supondría el que te regalan unos papelitos llamados acciones de una empresa totalmente desbaratada, o sea que no tienen ni el más mínimo valor y mucho menos en estos momentos, que las cosas de la Bolsa estan como están. Pero es que además puede darse el peregrino caso, que en el Consejo de Administración que se constituyera estimaran que para reflotar la empresa, pretensión del mismo, sería necesaria una AMPLIACIÓN DE CAPITAL a la que tu como accionista estarias obligado a contribuir, o sea que no solo no ibas a cobrar, sino encima IBAS A TENER QUE PONER MÁS DINERO.

Este es el Convenio que por motivo de la modificación de la Ley Concursal a través del Real Decreto Ley 3/2009 tienen o no que aprobar los afectados antes del día 28 de agosto y es obvio que sin explicarlo cualquier afectado sabe lo que tiene que votar.

Si tienes alguna duda pregunta que contesto, pues me da la sensación que tu desconocimiento se basa en no conocer el tema que en profundidad, no como los alardes de KK del culo, que además me dice que que calladito estoy y le contesto desde aquí, para no contaminarme diciendole que la Federación de Plataformas Blancas ya informo previamente según transcribo a continuación:

1
¿SE SECARON TUS FUENTES, SAAVEDRA?

No puedo dejar de efectuar comparaciones.
Saavedra nos obsequia con una primicia de una filtración procedente del juzgado en el sentido de que el juez no admite a trámite la propuesta de convenio presentada por ALA, ACU y ACLA. Tiempo le faltó para ofrecernos, con lujo de detalles, mediante su exhuberante prosa, tanto la primicia como la interpretación y valoraciones que hacía de la misma.
Curiosamente, con el cierre de la fase común (que incorpora la votación del convenio presentado por la deudora), todo ha acontecido de forma bien distinta, ni primicias, ni filtraciones, ni comentarios, ni valoraciones.
Da gusto comprobar que la relevancia que damos a las noticias es directamente proporcional a la mayor o menor coincidencia que puedan tener con nuestros propósitos e intereses.
Es gracioso constatar que cuando uno trata con almas inocentes, se encuentra con estas curiosidades muy a menudo.
Me OSO de los RIOS concursales.



Los compañeros de la Pb de Antequera nos mandan un correo con preguntas sobre la noticia del rechazo del Juez al convenio de acreedores presentado-conocido por convenio ALA-.

Pasamos a responderlas en abierto-al ser un tema de interés general-desde nuestra perspectiva. Las cuestiones técnico-jurídicas corresponderán hacerlas a nuestros representantes Gil-Robles Abogados.

-Efectivamente éste es el convenio de estábamos esperando-unos con más confianza que otros-.

--Según lo vemos nosotros, y analizando la información aparecida el pasado miércoles en prensa-desconocemos la resolución en todos sus términos-, el rechazo significa que para el Juez no cumple con una serie de imprescindibles condicionantes y, por tanto, no lo ha admitido.

Cabe un recurso por parte de los redactores de dicho convenio. Según se deduce de la información publicada, hay cuestiones de forma que bien pudieran ser subsanables-acreditación fehaciente del 20% mínimo de adhesiones-. Otras será más difícil el que puedan hacerlo, si no lo han hecho desde el principio.

Por un lado, el juez mercantil Francisco Javier Vaquer argumenta en un auto del 15 de abril que la empresa británica no tiene capacidad patrimonial para prometer los pagos. Aquí tenemos que pensar que dicha empresa no ha presentado los avales suficientes para garantizar el cumplimiento del convenio, lo cual no deja de ser realmente sorprendente, habida cuenta que los promotores y defensores de dicho convenio llevan varios meses publicitando que dichos avales existían.

La otra cuestión de fondo es la del valor que asignan a la filatelia. En este sentido, Vaquer critica que el plan de America Energy & Mining contempla vender los sellos de nuevo a inversores "por el indicado precio contraviniendo lo acordado en sentencia respecto a la valoración de los activos, ya que el plan de viabilidad vuelva a valorar los sellos de Afinsa en 2.400 millones de euros, frente a los 248,77 millones establecidos judicialmente.

¿Cómo se puede pretender adjudicar de nuevo un valor a la filatelia casi 10 veces superior al que el propio juez ha establecido judicialmente?. Si alguien tiene una explicación al respecto, le agredeceríamos que nos la diera.

De momento no vamos directamente a la liquidación. Habrá que esperar a conocer si se produce el recurso y la decisión que adopta el Juez al respecto.

Aún cuando el previsible recurso que interpondrán los promotores del convenio no prosperase, tampoco está claro que se vaya directamente a la liquidación judicial de Afinsa Bienes Tangibles S. A.

Existen dudas sobre si el plan de viabilidad presentado en su día por la empresa se da por admitido a trámite o no. En el supuesto de que dicho plan siguiera en pie, se produciría un inevitable alargamiento de los plazos judiciales, que sólo nos llevaría a perjuicios a los afectados, ya que la valoración y/o aceptación de dicha propuesta en su momento quedó clara para la mayoría cuál era. Prueba evidente es la estrategia de presentar un convenio de acreedores por parte de muchos de los que en su día apoyaron la mencionada propuesta de la empresa. ¿Cambiarían de nuevo su posición si queda en pie el plan de la empresa?. Todo es posible en este caso de Afinsa. Y para muestra os trasladamos lo que parece publicado en la página web de ACLA-Asociación Contra la Liquidación de Afinsa-:

Tal y como podréis comprobar en la nota de prensa adjunta, la palabra "liquidación" no aparece en el auto por ninguna parte. Y no puede aparecer por la sencilla razón de que existe otro convenio aceptado a trámite -el del deudor- y que tiene que ser votado en Junta de Acreedores.

http://noalaliquidaciondeafinsa.blogspot.com/


Desgraciadamente para los afectados-después de ver el resultado obtenido hasta hoy- nos queda que seguir esperando, ya que parece ser que el alargamiento consciente de los plazos es algo que se está buscando desde el primer momento, pero la realidad es que seguimos sin tener soluciones reales y efectivas a través del procedimiento concursal, y así llevamos ya tres años.

Saludos cordiales.

JUNTA DIRECTIVA FEDERACION NAL.PLATAFORMAS BLANCAS DE AFECTADOS DE AFINSA.

Es evidente que este muchacho no es que esté perdido es que no tiene NI ZORRA IDEA DE LO QUE HABLA y además para confundir más al personal y dar por buenas sus argumenaciones incoherentes mezcla los Convenios y otra serie de burradas más que ni vienen a cuento, pero ahí está.

Yo como ya a echo alguno e incluso en algún momento propuesto, sigo la propuesta, lo MEJOR ES IGNORARLE, cuando vea que no tiene contestación pues seguira incluyendo las canciones que viene incluyendo para insultar a algún forero. Decirle que le falta la de montañas nevadas . . .

Saludos

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