Gracias por vuestra respuesta, "donostiarra" y "Doblep61". Queda claro.
Por otro lado, creo que las condiciones de la Cuenta expansión, están diferenciadas de la siguiente forma: (o eso entiendo).
a) Para que te devuelvan el 3% hay que domiciliar paga, pensión, o ingreso mayor de 700 €.
b) Para que SÍ te cobren comisiones, es necesario que el saldo medio trimestral sea menor o igual a 150 € Y ADEMAS que la cuenta este inactiva. Es decir, que si mantengo un saldo medio de 50 €, pero hay movimientos, la cuenta no devenga comisiones de ningún tipo.
Dicho de otra forma equivalente sería:
b) Para que NO te cobren comisiones, una de dos, O BIEN mantienes un saldo medio superior a 150 €, O BIEN hay algún movimiento en la cuenta, O AMBAS cosas, que es lo más habitual sobre todo teniendo recibos, para evitar descubiertos.
Así pues, entiendo que por un lado está la condición a) para el tema de la devolución del 3% y por otro la b) para las comisiones, y son ambas independientes la una de la otra.
¿Cierto?
EDITO: Esto que yo había deducido es correcto, y el Forero institucional ya lo aclaró en este hilo:
https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/2377770-cuenta-expansion-banco-sabadell?page=9
Es decir, que estoy en lo cierto.