El problema viene en el momento de venderla en relación a la declaración del IRPF.
Si la presentas siempre por voluntad (porque te devuelven) o estás obligado (por superar rendimientos del trabajo u otras rentas), no hay problema alguno.
El tema está en que si no estás obligado a presentar la declaración y tienes una ganancia patrimonial derivada de la transmisión de esa acción que te regalan, te tocará presentarla. Imagínate que tienes una retención muy baja debido a tus circunstancias personales y familiares. A parte, compruebas año tras año (en la pre-declaración) que, de presentarla, te tocaría pagar bastante. Pues bien, por esa venta estás obligado/a a presentar la declaración.
En abril hablamos de ello
en este hilo, al inicio de la campaña de la Renta.
¡Saludos!