El banco se encarga de practicar la retención y comunicará la información fiscal en su momento, por lo que no debería haber problema con eso...
El contrato de COINC, por ejemplo, dice:
El Banco practicará sobre los intereses abonados al Cliente así como sobre las bonificaciones abonadas al canjear los fondos en un comercio asociado, las retenciones tributarias que legalmente procedan.
Sobre la ganancia, el cálculo -bruto- es el siguiente:
La fórmula utilizada para calcular el importe absoluto de los intereses devengados será:
Capital x Rédito x Tiempo/36500 (36600 en años bisiestos).
Supongo que los compañeros -o el servicio de atención de cada entidad, si les contactas- ya te comentarán sobre la documentación que se pueda requerir, etc. Hasta ahora CОINC no ha pedido más que rellenar los datos y subir copia del DNI; luego, si lo necesitan, ya consultan ellos a la Tesorería General de la Seguridad Social toda la información relativa a la actividad económica... Aún así, no sé si podrían pedir algo extra para nuevas contrataciones...
En cuanto a las dudas fiscales, lo mismo... Seguro que los compañeros responden... o puedes echar un ojo a algún artículo de Rankia sobre el tema... o directamente en la agenciatributaria.es
Saludos!
PD: no sé si entendí bien tu planteamiento... ¿Vas a meter 6000€ en una cuenta de ahorro? Eso son un par de euros de ganancia al mes, aprox. :/