Devolución recibos
Buenas tardes
Soy bastante novato en estas lides.
Y mi duda mas allá de que yo no tenga razón o ellos
Es la duda legal
Os comento,yo quiero saber legalmente si un banco puede devolver un recibo ya abonado hace mas de 1 mes .
En este caso La Caixa ,tengo la CC en rojo me paso el recibo de mi proveedor de telefonía en enero,febrero y marzo
Aun no habiendo saldo ,cosa que agradezco me los cargo en cuenta ,dando por resultado un aumento de la deuda.
Hoy me llega un mensaje via SMS de mi proveedor de telefonía que tengo 2 días para pagar las facturas de enero y febrero.
Pero de momento la de marzo sigue abonada.
He entrado vía web en mi banco y efectivamente veo que han devuelto los recibos,para bajar la deuda supongo.
Tienen razón,en el fondo se que Si,no es algo premeditado el que no haya satisfecho la deuda,ha sido un mal momento personal del cual el banco no tiene la culpa.
Pero mi duda es si lo pueden hacer sin mi autorización,porque por esa regla de tres ,pueden hacer sin mi autorización lo que les venga en gana.
He oído mucho hablar de la ley de pagos en estas últimas 3 horas que llevo con este tema y no se si existe,es verdad o si el banco tiene 5 o 90 días para devolverlo con o sin mi autorización.
Gracias por adelantado y espero haberme explicado bien