Si los contratos y la fotocopia de tu DNI no llegan antes que la nómina lo que va a suceder es que esa transferencia (tu nómina) va a quedar retenida sin poder abonarse (te avisarían por sms). Para hacer el abono al menos se necesitaría la fotocopia de tu DNI (que puedes enviar por fax o email). Con el DNI la nómina se puede abonar, pero no podrías disponer de ese dinero; para poderlo transferir o sacar con la tarjeta siempre es necesario el contrato firmado por tí con firma original. Esto quiere decir que el contrato no lo puedes enviar por fax o email, sino que tiene que ser por correo o en una oficina.
Al menos el primer paso (fotocopia DNI) es importante, ya que sino, al cabo de X días, tu nómina tendría que ser devuelta y tu empresa la tendría que volver a enviar. Siempre es importante hacer las cosas bien y con tiempo; porque algo podría salir mal. Si crees que esta operativa puede causarte algún problema es mejor esperar y el mes que viene hacerlo con total tranquilidad. Este consejo también es bueno a la hora del cambio de recibos, para no cancelar la cuenta antigua por ejemplo y que aún no este el cambio hecho a la nueva entidad.