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Leyes orgánicas (protección de datos) y el usuario de a pie.

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Leyes orgánicas (protección de datos) y el usuario de a pie.
Leyes orgánicas (protección de datos) y el usuario de a pie.
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Leyes orgánicas (protección de datos) y el usuario de a pie.

Me llama la atención de que cuando un derecho fundamental se trata se dificulte o atrase su cumplimiento con el formalismo en contra del usuario o consumidor. 

Así se observa que los proveedores IMPONEN canales especiales de comunicación para cualquier ejercicio de este tipo de derechos. No se facilita, sino se complica. Se rebotan las peticiones. 
Se imponen impresos de nombres específicos, incluso cuando la petición inicial está bien hecha y está clara. La petición se oscurece por el lenguaje jurídico y se condiciona. 
Llega un momento en que el campo es EVITADO por el usuario o cliente ante su complejidad aparente, que no es otra que la complicación provocada. 
Y llega un momento en que se desiste o se delega en el profesional, letrado o no, para la tramitación de estos temas. 

¿ Hablamos de un derecho fundamental , hablamos de un derecho oscuro, hablamos de un derecho tergiversado o demorado ?

Me gustaría conocer opiniones. 
Gracias. 

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