#1
Comisiones cuenta de valores
Buenas noches:
Tengo un contrato de valores firmado, cuyas comisiones son las publicadas en la CNMV como tarifas máximas. Sin embargo, debido a mi alta vinculación con la entidad bancaria (seguros, 2 planes de pensiones, fondos de inversión, etc.), se me aplican unas comisiones en ese contrato de valores, "pactadas de palabra", muy inferiores.
El problema es que ahora me han cargado la comisión máxima por administración y custodia de toda mi cartera de acciones que tengo en la entidad, tal como indica en realidad el contrato firmado.
Yo entiendo que cualquier modificación en el contrato, debe ser advertida al cliente con cierta antelación, de forma que el cliente pueda decidir cambiar de entidad si las nuevas condiciones no son satisfactorias para el mismo.
En realidad la comisión que se me venía aplicando desde hace años, es de palabra, pero se puede demostrar que ese pacto con la evidencia de que en varios años se ha cobrado esa comisión inferior pactada.
¿Podría reclamar la devolución de ese exceso de comisión cobrado, al no haber comunicado la entidad, aunque también fuera de palabra, la modificación de las comisiones pactadas?
Vuestra ayuda será bien recibida.
Un saludo.
Tengo un contrato de valores firmado, cuyas comisiones son las publicadas en la CNMV como tarifas máximas. Sin embargo, debido a mi alta vinculación con la entidad bancaria (seguros, 2 planes de pensiones, fondos de inversión, etc.), se me aplican unas comisiones en ese contrato de valores, "pactadas de palabra", muy inferiores.
El problema es que ahora me han cargado la comisión máxima por administración y custodia de toda mi cartera de acciones que tengo en la entidad, tal como indica en realidad el contrato firmado.
Yo entiendo que cualquier modificación en el contrato, debe ser advertida al cliente con cierta antelación, de forma que el cliente pueda decidir cambiar de entidad si las nuevas condiciones no son satisfactorias para el mismo.
En realidad la comisión que se me venía aplicando desde hace años, es de palabra, pero se puede demostrar que ese pacto con la evidencia de que en varios años se ha cobrado esa comisión inferior pactada.
¿Podría reclamar la devolución de ese exceso de comisión cobrado, al no haber comunicado la entidad, aunque también fuera de palabra, la modificación de las comisiones pactadas?
Vuestra ayuda será bien recibida.
Un saludo.