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Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

5 respuestas
Prestación farmacéutica y enfermedad profesional
Prestación farmacéutica y enfermedad profesional
#1

Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

En el artículo 94 bis.8 de la Ley Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, se puede leer lo siguiente:

"8. Estarán exentos de aportación los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:

a) Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.

b) Personas perceptoras de rentas de integración social.

c) Personas perceptoras de pensiones no contributivas.

d) Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.

e) Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional".

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13554

La cosa parece clara. Sin embargo haciendo una consulta telefónica al servicio de salud de la comunidad autónoma, se pregunta por qué se está cobrando la prestación farmacéutica a un pensionista con enfermedad profesional reconocida.

La respuesta se limita a decir que sólo se reconoce el beneficio a los trabajadores activos. Asunto que me cuesta entender teniendo en cuanta la redacción del artículo citado. Por más vueltas que le doy no encuentro nada que me pueda sacar de mi posible error.

Se agradece que alguien pueda aportar algo al respecto.

#2

Re: Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

Pues leyendo y releyendo la ley que citas en el paragrafo e) estipula enfermedad profesional...eso se traduce que toda persona que tenga una enfermedad profesional (por regla general si esta reconocida NO es activa..que no trabaja vamos..por eso esta reconocida su enfermedad) es estrapolable a los activos (si todavia estan por la labor) y los No activos que estan sujetos (jummm, nunca mejor dicho) a la la susodicha ley!

Hasta una belga lo entiende! jaja

Un abrazo

#3

Re: Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

Se me puede estar escapando algo. Una excepción recogida en alguna norma que los deje fuera. Pero como no ne han razonado la respuesta por aquí ando dándole vueltas al asunto.

#4

Re: Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

NO puede de ninguna manera dejar fuera a personas reconocidas por enfermedad profesional, es imposible vamos, están encontra las normativas que por mucho que recorten hay cosas que no pueden hacer o decir lo contrario. (huy..aqui solo me entiendo yo! jaja)

Un abrazo suje

#5

Re: Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

Je,je. Nunca has de menospreciar la retorcida mente del legislador. Cualquier cosa es posible.

#6

Re: Prestación farmacéutica y enfermedad profesional

Bueno suje, cuando dices mente retorcida del legislador...es darle cualidades que quizás no tengan, puede que simplemente no sepan ni lo que se traen entre manos....aparte de los sobres claro esta!
Todo es posible hasta lo imposible, si, pero cuando se pone impreso en blanco y negro...ahi ya esta por lo poco oficializado , no se si se dice asi.

Un abrazo

PS: Lo que me parece aberrante es que el mejor laboratorio de investigación contra el cáncer que hay en españa este casi en el ere..eso si que es criminal para ser suave, es incomprehensible .
Ciertamente , nos sorprenderemos mucho en los próximos meses de nuestra situacion real.