¿Obligatoriedad de constituir comunidad de propietarios en un edificio de viviendas con bajo?
Buenas noches a todos los foreros,
Os querría pedir ayuda, si alguno de vosotros fuese tan amable y estuviese en situación de orientarme al respecto, sobre un tema relacionado con un viejo edificio muy deteriorado sito en un barrio antiguo y que lleva bastantes años sin habitar. Los propietarios son 3-una de ellas mi madre. todos ellos muy mayores (más de 80 años) y que hace tiempo se marcharon a vivir a otras casas mejor acondicionadas para su edad. En los tiempos en que el edificio estuvo habitado nunca constituyeron comunidad de propietarios y ahora, por imperativo legal derivado de la inspección reglamentaria de edificios, mi madre y los otros coprepietarios deben afrontar unas obras urgentes de rehabilitación.
En principio, he pedido presupuestos y parece que existe buena voluntad por parte de todos a la hora de afrontar los gastos pero claro, he caído en la cuenta de que, cuando se pongan en marcha las obras, ¿A quién se va a facturar si no hay nif ni comunidad? En principio a mi madre, ayudada por mi, no le sería traumático constituir la comunidad pero no sé yo si los otros propietarios- ya mayores y que viven lejos- estarán por la labor; con lo cual os quería preguntar si veis ineludible la constitución oficial de la comunidad en el inmueble mencionado de cara a una correcta facturación de las obras de rehabilitación o podría existir alguna solución alternativa.
Saludos cordiales, perdón por la extensión y gracias anticipadas a todos