hasta 2023
Enmienda 45
Propuesta de Directiva
Artículo 1 – punto 13 – letra a – inciso i
Directiva 2003/96/CE
Artículo 15 – apartado 1 – letra i
i) hasta el 1 de enero de 2023, el gas natural y el GPL utilizados como carburantes;
i) hasta el 1 de enero de 2023, el gas natural, el biogás y el GPL utilizados como carburantes, y el GPL utilizado como combustible. Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de enero de 2030, los Estados miembros podrán aplicar una reducción de hasta el 50 % de los niveles mínimos de imposición para estos combustibles .