Cómo hacer reclamaciones en periodo de rebajas
Lo primero será diferenciar lo que es un saldo, una promoción, una liquidación o las propias rebajas.
- Saldos: productos que tienen algún defecto o están deteriorados. Es el motivo de la reducción del precio. Deben estar bien especificados y, además debe especificar el defecto claramente.
- Promociones: su objetivo es incentivar la venta mediante la reducción en el precio o mediante una venta en unas condiciones especiales.
- Liquidación: se le aplica al producto una reducción en el precio propiciada por la proximidad de cese del negocio de forma parcial o total, o bien por un próximo cambio de ubicación del mismo. El establecimiento deberá especificar claramente el motivo de la liquidación y su duración será de 3 meses como máximo o 1 año en caso de cese de negocio.
Aclarados los conceptos del mundillo de las gangas, pasamos a analizar las características de las rebajas y cómo debemos gestionarlas.
- Rebajas: se trata de una acción comercial sometida a regulación. La normativa establece que los productos rebajados deberán haber formado parte de las ventas del establecimiento un mes antes de las rebajas como mínimo. También deben incorporar una calidad idéntica a la que poseía el producto antes de estar rebajado. También deberán estar suficientemente diferenciados de los productos que no están rebajados y correctamente etiquetados. En la etiqueta debe aparecer el precio original, y junto a él, el precio rebajado o el porcentage aplicado como rebaja del precio.
El objeto de las rebajas es que los comerciantes puedan dar salida a esos bienes que no se han podido vender en el trasncurso de la temporada. De ahí que se aplique una redución en el precio, pero nunca en la calidad del producto.
Reclamación en periodo de rebajas
Para empezar, lo más obvio a la par que importante: guardar los justificantes o documentos que confirmen la transacción (factura, ticket de compra, contrato, folleto publicitario...).
- Devoluciones: distinguimos entre devoluciones de productos defectuosos o aquellos que estén en buen estado. Devoluciones de productos defectuosos: en este caso el comerciante no se podrá negar a admitir dicha devolución, y al producto se le aplicará la garantía.
- Devoluciones de productos en buen estado: aquí encontramos dos situaciones:
- Comprados a distancia o por internet: contamos con un plazo de 7 días para poder devolverlos (a excepción de perecederos o copiables).
- Compra en establecimiento físico: el comerciante no estará obligado por ley a admitir la devolución de ese producto en buen estado, aunque la ley sí le obliga a que cumpla con su política de ventas y con su publicidad, que es contractual. Por tanto, si un establecimiento ha estado anunciando que aceptaba devoluciones durante todo el año también tendrá que realizarlo en rebajas, salvo que de forma clara y precisa estableciese lo contrario mediante carteles o leyendas. Esto también se aplica a los medios de pago.