Si te refieres a la instalación eléctrica de la comunidad (alumbrado escalera, ascensor, bomba de presión de agua) eso es "instalación interior" y precisa boletín (certificado de instalador) igual que si cambias la instalación interior de tu vivienda.
Si además de ello, entra la "instalación de enlace" del edificio, (acometida desde la calle al cuarto de contadores, caja de fusibles generales del edificio, centralización de contadores...) entonces hay 2 casos.
-Si la potencia instalada de la acometida es mayor de 100kw, hace falta proyecto de ingeniero, certificado de instalador, y certificado final de instalación del ingeniero.
-Si la potencia instalada de la acometida es menor de 100kw, hace falta memoria técnica de diseño del instalador (aunq algunos instaladores por no hacerla se la piden a un ingeniero) y certificado del instalador.
La potencia instalada de la acometida, es la suma de todas las potencias instaladas en la centralización de contadores. A lo mejor ti tuenes contratados 4,4kw y tu vecino 3,3kw y otro vecino q no vive no tiene suministro pero si la potencia de vuestros boletines era de 5,5kw tienes q sumar los 5,5kw en los 3 casos.
Me sorprende que hagas esta pregunta después de que os han hecho el trabajo. Que ha pasado, crees q os engañado??