Cruzar las Vias
Amigos Rankianos:
Hay un tema que me preocupa y aunque en principio no tiene que ver con economía en general, si que tiene que ver con mi propia economía, y lo expongo aquí en la esperanza de que vuestros conocimientos me ayuden.
Hasta Agosto accedía a mi trabajo cruzando las vias del tren por una pasarela provisional cronstruida en 2002 por Renfe. Lo hacíamos yo y alrededor de otros 200 compañeros de trabajo.
El caso es que todo lo provisional se acaba, y Renfe ha quitado la pasarela y ya no hay forma de cruzar de un lado de las vias, donde se encuentran la parada de renfe y del metro, al otro lado, donde se encuentra la empresa en la que trabajo, que construyó su nueva sede allí, con posterioridad a la pasarela. No hay otra forma de llegar que no sea en coche. Y la carretera no tiene arcén, por lo que caminando sobre el puente para coches tampoco se puede llegar salvo arriesgándose a que te atropellen o te pongan otra multa.
Hemos reclamado sin éxito a Renfe. Dicen que "lo estudiarán".
Existe la posibilidad de cruzar unas vías secundarias en la estación de Renfe, pero por lo visto está prohibido y te expones a una multa. Me han dicho que eso está recogido en la Ley y Reglamento del Sector Ferroviario, pero las ediciones que yo he logrado encontrar de estos documentos no mencionan la sanción que cruzar conlleva. Se que en Cataluña son 3000EUR, pero en Madrid, no lo se.
1) ¿Alguien sabría indicarme a quien dirigirnos en Madrid para que nos pongan una pasarela en la estación, y mientras se deciden a ponerla nos permitan cruzar las vias secundarias, por donde nunca pasan trenes salvo para apartarse al paso de otros más prioritarios y luego volver a las vias principales?
2) ¿Alquien tiene la normativa donde se indica la cuantía de la sanción por cruzar las vías en Madrid?
He intentado dirigirme a todos los periódicos que conozco para que se hicieran eco de la escandalosa situación (que Renfe nos impide de la noche a la mañana el acceso al trabajo). Pero debe haber noticias más importantes.
Un Saludo