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Multa por vía ejecutiva

3 respuestas
Multa por vía ejecutiva
Multa por vía ejecutiva
#1

Multa por vía ejecutiva

Buenas,

El 5 de Junio le pusieron a mi padre una multa de tráfico que en principio iba a pagar su empresa. El caso es que por lo visto no la han debido pagar todavía y el pasado 19 de Agosto recibe una carta con ASUNTO: Aviso de remisión via ejecutiva, que viene a decir que o paga ya o se la cargan via AEAT con 20% de recargo.

Yo tengo entendido que con la nueva ley de Tráfico hay 30 días de plazo para pagar desde que te notifican, en este caso el 5 de Junio que es cuando le para la guardia civil, osea ya han pasado esos 30 días. Ahora recibe esta carta el 19 de Agosto y la carta tiene fecha de 9 de Agosto. Y claro la cartita ha tardado 10 días en llegar y pone "proceda a su pago de manera inmediata". Teniendo en cuenta que han pasado 10 días desde que enviaron la carta lo de pagar inmediatamente pues ya me diréis. ¿ Se sabe si hay otro plazo añadido a este tipo de aviso antes de que procedan realmente a la via ejecutiva ?

¿ Si ahora paga la multa y encima después le viene el embargo, ¿ qué se la cobran 2 veces y hay que reclamarles o como va esto ?

Saludos.

#2

Re: Multa por vía ejecutiva

No te preocupes, Trayetes. Si la paga, inmediatamente detiene el proceso de embargo, y se olvida de la historia. So pena de recurrir con el documento de pago en cso de que tuviera de nuevo alguna noticia.

No, no hay más plazos que yo sepa.

#3

Re: Multa por vía ejecutiva

La carta tiene fecha 9, pero el plazo cuenta a partir de la fecha de recepción: el 19 de agosto.
Como ha dicho Soldado, es mejor que pague y nos olvidamos del asunto.
Eso sí: que se quede con foto/copia o duplicado de todo. A veces la administración "pierde los papeles".
Un saludo,

#4

Re: Multa por vía ejecutiva

El plazo de pago ya debería haber terminado porque son 30 días desde la notificación de la multa y en este caso al pararle la guardia civil ya se considera notificado, es decir el 5 de Junio es cuando le paran y lo denuncian. Ya no hay más avisos, esta carta llegó por correo ordinario y no es una notificación de multa como tal sino que es un aviso diciendo que o se paga o va por vía ejecutiva.

El tema es que pone que si ya has pagado no hagas caso de la carta pero sino que lo haga inmediatamente. Me hace gracia lo de inmediatamente porque desde la fecha de la carta hasta que la recepción en el buzón han pasado 10 días. De ahí mis dudas a si había otro plazo aparte por ese aviso antes de que emitan la orden de embargo.

Saludos.