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Desgravación en Cuenta Vivienda

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Desgravación en Cuenta Vivienda
Desgravación en Cuenta Vivienda
#1

Desgravación en Cuenta Vivienda

Tenemos una cuenta vivienda que en Febrero de 08 cumplía el plazo de 4 años. Hemos ido desgravando el IRPF correspondiente de las nuevas aportaciones cada año, no obstante, no hemos invertido este importe en una vivienda ni remodelación dentro del periodo de 4 años. Al final de 2008 ese importe lo sacamos de la cuenta vivienda (cancelándola) y lo pusimos en dos cuentas distintas a plazo fijo (21-11-08) que no hemos utilizado todavía y que tenemos intención de invertir en vivienda antes del 2010.

Por lo que el RD.1975/2008 de 28 de noviembre dice, las cantidades han de estar repuestas en otra cuenta vivienda nueva antes del 31 de diciembre de 2008. Nosotros no hemos podido realizar esta operación ya que nos enteramos hace muy poquito de esta nueva ley.
Ante esta circunstancia, nuestra pregunta es la siguiente: a la hora de hacer la declaracion de renta 2008 tendremos que devolver la desgravacion realizada de dicha cta vivienda???

#2

Re: Desgravación en Cuenta Vivienda

Me la voy a jugar, pero debes de tener en cuenta que no pasa de ser una opinión personal emitida en un foro, deberás cotejarla.

Efectivamente, el RD 1975/2008 permitía que aquellos a los que les vencía la cuenta vivienda en 2008, antes de la entrada en vigor del RD, y hubiesen dispuesto de su saldo, podían reponer dichas cantidades en su cuenta vivienda para no tener que devolver las deducciones practicadas.

Como cuenta vivienda, no es necesario que se utilice una cuenta con tal denominación, puede ser una cuenta cualquiera, separada de cualquier otra imposición o inversión, y siempre que sus saldos no se destinen a invertir en otro fin distinto que el de adquisición de vivienda habitual.

Por otro lado tenemos que la cuenta vivienda debe de ser única por contribuyente, un contribuyente sólo puede tener una única cuenta vivienda de forma simultánea.

Y hablas en plural, supongo que sois dos. Si habéis tenido la precaución de poner una cuenta a nombre de cada uno, y cada cuenta la destináis única y exclusivamente al fin de una cuenta vivienda, creo que puede entenderse que habéis cumplido el requisito de restitución de cantidades. En otro caso podriáis asignar una sola cuenta como cuenta vivienda y devolver las deducciones practicadas por el importe dispuesto en la otra cuenta.

Saludos.

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