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¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?

2 respuestas
¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?
¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?
#1

¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?

Buenos días,

Formo parte de una sociedad y antes del alta a través del modelo 036, se ocasionaron una serie de gastos, entre ellos, el pago de la fianza del alquiler del local corporativo. Mi duda es la siguiente, ¿ se ha de contabilizar el pago de esa fianza aunque el pago se hubiera producido antes del inicio de actividad, o por el contrario, al haberse producido antes no debería contabilizarse? Muchas gracias
Saludos

#2

Re: ¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?

Buenas Estefanía,

quizás sea un poco tarde, pero yo creo que sí que debes contabilizar el gasto, ya que es un gasto de la actividad económica. Forma parte del gruopo cinco del Plan General Contable.

Te dejo un enlace que espero te sirva: http://www.expansion.com/diccionario-economico/fianza.html

Saludos.

#3

Re: ¿Se debe contabilizar gastos que han sido ocasionados antes del inicio de actividad?

Deberías en el alta censal haber notificado el alta previa a la actividad y después el alta definitiva...un abrazo...

Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen

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