Hola Txebas. Pues supongo que será igual que si las das en una empresa siendo autónomo o si las das en casa también como autónomo.
En mi caso me llevó la contabilidad al principio una asesoría y tras la primera declaración trimestral lo seguí haciendo yo por mi cuenta porque es sencillo si no tienes trabajadores a tu cargo y tu enseñanza está exenta de iva (creo recordar que idiomas y alguna más).
Aunque te ingresen en tu cuenta, si Hacienda o Seg.Social te quieren pedir facturas, debes tenerlas. Las puedes tener en documentos Excel en tu ordenador con identificacion del ingreso (por ej: "clases de tal, mes tal), fecha, cantidad, tu nombre y no necesariamente el de tus clientes (puede ser "alumno 1 marzo" por ej.).
El pago de la cuota de autónomo (261eu salvo que te beneficies de las nuevas medidas para autónomos jóvenes) lo puedes domiciliar.
Otro pago que tienes que hacer es cada tres meses (del 1-20 de abril, julio, octubre, enero) tienes que pagar el "adelanto del pago del irpf de la declaración anual" basado en tus ingresos y beneficios del trimestre anterior. De este pago ya te devolverán algo si corresponde el año siguiente en tu declaración del irpf.
Para efectuar las cuentas de este pago trimestral, necesitas el modelo 130. El cálculo no es difícil pero mejor que la primera vez te lo expliquen con detalle.