Buenas noches salvanp.
Te informo de la forma de proceder de estas compras.
Adquisiciones de bienes y servicios
Como comprador:
- En las adquisiciones intracomunitarias, aunque en la factura que recibas no se incluya el IVA, por estar exento, sí se debe calcular y reflejar de modo contable. Se trata de un apunte de efecto neutro ya que esa cuota de IVA se anota a ambos lados del asiento y por el mismo importe: en uno como IVA soportado y en otro como IVA repercutido.
Puedes crear una cuenta específica para cada uno, por ejemplo: (47X) IVA Soportado, adquisiciones intracomunitarias.
Se debe reflejar también este detalle en el modelo 303, en la sección IVA Devengado (casillas 10 y 11) y la sección IVA soportado (36 y 37). Es un dato informativo sin efecto para la liquidación.
- Si tu proveedor no está registrado debe incluir el IVA en la factura y hay que pagarlo. Este IVA soportado solo se puede recuperar a través del modelo 360: “Solicitud de Devolución de IVA en otros estados miembros”. Conviene trabajar con empresas habilitadas para el comercio comunitario.
Saludos.