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Voy a solicitar reunion con Ausbanc para concretar y decidir...

35 respuestas
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#33

No hay ninguna estrategia EN la suspensión, sino CONTRA

La suspensión y si ésta prosigue por la voluntad de EUROBANK y resultara lesiva entonces los perjudicados podrán solicitar defensa jurídica para reclamar daños y perjuicios en procedimiento civiles individuales que se tramitarán en su caso a través de las delegaciones de AUSBANC CONSUMO, como es habitual en estos casos. No hay más estrategia que ésta: intentar que la suspensión de pagos se levante. La decisión sobre asociarse es suya: si quieren apoyar háganlo. Pero no hay más plan ni más estrategia que la que estamos siguiendo desde el primer día y que todo el mundo conoce y puede valorar.

#34

Tiene Vd. razón, asociarse es voluntario.

Por eso es preferible que lo haga convencido y sin falsas expactativas. Muchos de los afectados así lo han hecho y entendido y gracias a ellos hemos podido trabajar con plena legitimidad. Si hemos tenido menos fuerza a veces es tal vez porque no todos han prestado ese apoyo mínimo. Saquen vds. sus propias conclusiones.

#35

Re: Nada de hojas de ruta: nuestra posición es transparente

Por lo que ustedes exponen el único voto necesario para que se aprueba el convenio de acreedores en la suspensión de pagos es el del FGD ¿ que papel tenemos aquí los 2000 acreedores particulares? ¿ninguno?

Imaginemos entonces que el EUROBANK propone que los 90 millones disponibles sean cobrados en en primer lugar por los depositantes y el FGD el último ¿se puede negar el FGD y no aprobarse el convenio? ¿Puede forzar el FGD para cobrar el primero?

¿Cual es el cometido del Juez en este caso?

Gracias

#36

EN el seno del proceso de suspensión, NINGUN PAPEL.

Sólo acreedores cuya deuda estará a lo que resulte del convenio que proponga EUROBANK y apruebe el FGD como primer acrreedor con mayoría suficiente para hacerlo. Si no lo vota entonces no hay convenio, salvo que lo quiera Eurobank.

Si el convenio no se aprueba, entonces se levanta de oficio la suspensión de pagos. Es lo que hay.

La suspensión de pagos es un procedimiento especial que se establece UNICA Y EXCLUSIVAMENTE para salvaguardar el interés de los accionistas de las sociedades mercantiles, para protegerles incluso abusivamente de sus acreedores en beneficio propio. Como el tema se está complicando puesto que EUROBANK se niega a levantar la suspensión por voluntad propia y ni siquiera se compromete por escrito a presentar un CONVENIO DE PREFERENCIA, pues nuestros servicios jurídicos ya han empezado a actuar... y no es raro que lleguen lejos aunque hayan de pasar años. Hay una solución para que vayamos más despacio: que levanten ya la suspensión de pagos.... en todo caso es posible que tengamos a largo plazo resultados sobre qué se puede hacer en una suspensión de pagos y que no cuando están involucrados consumidores... ya se verá. Esto ya no tiene arreglo: llegan demasiado tarde para evitar que se hubiera planteado.

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