Posible querella contra responsables de Eurobank
Se considera perfectamente viable una querella por los delitos de Estafa, Apropiación indebida y, en su caso, Quiebra o Suspensión de pagos Fraudulentas, contra Eduardo Pascual Arxé y demás responsables penales como inductores o cooperadores.
La querella ha de presentarse ante los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, con poder bastante o especial para dicho acto, otorgado a favor de Procuradores de los Tribunales de Madrid, bien notarialmente (cuyo precio está alrededor de los 36 euros) o bien “apud acta” en la Secretaría de cualquier Juzgado o Tribunal, en presencia del Secretario Judicial que actúa como fedatario público (aunque en la práctica no les gusta que se otorguen poderes para asuntos que se tramitan en otros Juzgados).
Es fundamental, agrupar a los afectados según el tipo de inversión realizada, acompañando a la querella, al menos, la documentación acreditativa del depósito o aportación al Fondo de Inversión, o al Contrato de Seguro.
Sin perjuicio de que cada perjudicado pueda personarse de forma independiente, se considera mucho mejor, económica y judicialmente (por agilidad procesal) litigar bajo una misma representación procesal y una misma dirección letrada, pudiendo ser varios los Procuradores y los Abogados. También es posible formular la querella en nombre de una asociación de afectados o perjudicados.
Las condiciones económicas resultarán mejores cuanto mayor sea el número de perjudicados que se sume a la querella; pero inicialmente se puede hablar de unas condiciones estándar, a razón de 200 euros más IVA, es decir, 232 euros por persona, a pagar el 50 por ciento al encargar la querella, y el otro 50 por ciento una vez la misma sea admitida a trámite. Con ello, si hay un número suficiente de afectados, se pueden cubrir perfectamente los gastos de Abogado y Procurador. Posteriormente, como honorarios se cobraría un 5 por ciento a cada uno de la cantidad recuperada, con el IVA incluido, al margen de los derechos del Procurador, que en los asuntos penales son mínimos.
Por último, considero que la querella debería presentarse dentro del mes de septiembre de este año 2003, con lo cual el plazo para sumarse a la misma podría quedar abierto hasta el día 25 de los corrientes; sin perjuicio de que, posteriormente, otros afectados puedan sumarse al procedimiento una vez presentada o admitida a trámite la querella.