La Sanción del Banco de España a Eduardo Pascual Arxé publicada el 11-03-2010.
Con fecha 22 de julio de 2004, el Secretario de Estado de Economía, por delegación del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, dictó Orden resolviendo el expediente de referencia, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 21 de febrero de 2003, entre otros, a D. Eduardo de Pascual Arxé. Habiendo adquirido firmeza en virtud de sentencia de fecha 14 de octubre de 2009, del Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, que desestimó el recurso contencioso-administrativo número 469/2004 interpuesto ante la Audiencia Nacional por D. Eduardo de Pascual Arxé contra la citada Orden, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones, por la comisión de infracción muy grave, impuestas en dicha Orden Ministerial, que dispuso:
«Imponer a D. Eduardo de Pascual Arxé: Sanción de multa por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 €) e Inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero durante cinco años, por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el artículo 4.1) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, relativa al incremento de participaciones significativas infringiendo lo previsto en el Título VI de la Ley 26/1988.»
En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.
Madrid, 11 de marzo de 2010.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.