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Supuesto teorico FGD

12 respuestas
Supuesto teorico FGD
Supuesto teorico FGD
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#1

Supuesto teorico FGD

Vamos a poner por caso mi caso.

40 000 euros en deposito. Ahora mismo el FGD me devuelve 20 000 y los otros 20 000 el banco ( si, claro!) en tres años o sea 6666 euros al año. Dentro de un año tendria 26 666 euros

¿qué pasaría si decidiese no ejecutar mi opción de FGD?

El primer año cobraría 13 333 euros. Entonces ejecuto mi opción del FGD. Al primer año ya tendría 33 333 euros (13 000 +20 000)

O, incluso, ejecutar la opción del pago del FGD si vemos que se incumple el convenio de acreedores por los últimos 20 000. De esta forma: el fgd no se nos come en el convenio de acreedores Y quien se queda sin cobrar es el FGD.

¿ se podría hacer esto? No parece una tonteria ¿qué os parece?. Me voy a informar. Si alguien más se anima a rebuscar en esta opción...que siga el hilo!

Animo

#2

Re: Supuesto teorico FGD

Mira tu correo.
Necesito hablar contigo
:-)

#3

Plazo técnico pago FGD

No quiero meter la pata con esto por que puede que a alguien le anime y luego sea chufa.

Dice el FGD:

Artículo 9. El pago y sus efectos.

1. Los fondos deberán estar en condiciones de satisfacer las reclamaciones debidamente comprobadas dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que la autoridad judicial tenga por solicitada la declaración de suspensión de pagos de la entidad y se cumplan las exigencias adicionales previstas ( o sea que se suspenda la restitución de valores).

Este plazo de 3 meses...¿cómo debe entenderse? Deber estar en condiciones de satisfacer las reclamaciones significa ¿que el FGD no puede dejar de pagar después de tres meses? o ¿ qué en tres meses se paga? ¿ que tiene que tener el dinero preparado en tres meses y que luego ya pagará?

No lo veo muy claro. Habrá que llamar.

Animo

#4

Re: Supuesto teorico FGD

Es una buena teoría que habría que analizar mejor, el fallo que tiene es q la gente con saldo< 20.000€ ejecutara la opción de rescate normal y comprensible.
Lo que se ha de hacer es:
- Pedir una ampliación del fondo de garantía de depositos con CARACTER RETROACTIVO como en caso Gescartera para los afectados de Eurobank (Adicae ha pedido 40.000€) yo creo que es poco, puestos a pedir hemos de igualarnos al resto de los paises europeos creo que 100.000€ es una buena cobertura.
- Pedir que el fondo de garantía no se nos subrogue en el pago esta creado en principio para ayudar a los depositantes y a la confianza en el sistema bancario y financiero.
- Y ya la guinda que los de vencimiento a largo plazo cobren en los 3 meses no al vencimiento, donde se ha visto que se cobre al vencimiento en ningún lugar de la web lo dice. Esto se lo han sacado de la manga. Ahora resulta que con nuestro dinero a largo plazo retenido van a generar intereses y nosotros sin cobrarlos y necesitandolos. INDIGNANTE

En fin que si los de Gescartera lo consiguieron nose pq nosotros vamos a ser menos sino más ya que:
- No invertimos pusimos nuestro dinero en un banco
- Hay responsabilidades políticas y graves q tapar y q mejor que pagar a los q no son culpables sino victimas de la situación para q no armen demasiado ruido. (Para esto antes es indispensable hacer ruido pq sino lo tenemos dificil no nos van a dar las cosas sin luchar por ellas)

En fin que lo mejor es ir para el FGD y el Banco de España. El FGD de los bancos tiene 1486 Millones de Euros para en sus arcas y las deudas pendientes a los clientes de Eurobank son creo chachan sólo 80Millones de € o sea q no se va arruinar precisamente creo yo el fondo. No es tan dificil, hay dinero de sobra, falta q les forzemos a pagar y esto depende de nosotros.

#5

Re: Supuesto teorico FGD

Efectivamente, es sólo decisión politica y los puntos 2 y 3 más, es sencillísimo, porque también es política lo de que se subroguen y lo del vencimiento. tampoco lo he leido en ningun sitio oficial

#6

Creo que D. largo plazo tiene solución

Sí, estoy muy de acuerdo. Aumentar el importe garantizado es lo suyo.

Respecto a lo del contrato de deposito con plazo de ( tres años? cinco?) largo plazo, creo que hay una solución.

Deberás impugnar el contrato por ERROR y DOLO alegando que, de haber sabido la situación del banco y su más que previsible inviabilidad, no habrias firmado tal contrato y que tu VOLUNTAD estaba viciada.

Deberás hacer constar que el deudor ( eddie) se haya en suspensión de pagos ( aunque lo harán ellos rapidamente, claro) lo cual paraliza el proceso.

La petición de la demanda por tanto, no deberá dirigirse contra el patrimonio del banco sino contra el contrato que tu firmaste con ellos. Anular el contrato significa que la obligación de restituir se vuelve exigible y por tanto se consigue anular el plazo.

Animo

#7

Re: Plazo técnico pago FGD

Bueno pues volviendo a mis disgresiones y patinazos mentales ( vease el 7 del 7 2003 cuando decidi apostar por eurobank). Ya os comente alli arriba que tal vez no sea nada tonto solicitar lo del FGD cuando no nos quede más que 20 000 por cobrar.

Al tratarse el FGD de un órgano administrativo se aplica la ley 30/92.

En ella podemos ver que:

Al tratarse de un organo público-administrativo, es posible que caduque el procedimiento y se archive. Las causas son paralización por causa imputable al interesado. Pero sólo cabe la caducidad si se ha iniciado a solicitud de interesado. Si se ha iniciado de oficio no caduca...

Asi que mientras no se envie la carta del FGD contestando a la misma, no se inicia procedimiento alguno.

Como no hay plazo para pedir la devolución al FGD, ni plazo de caducidad, supongo que podremos cobrar del fondo una vez agotado el patrimonio del banco.

Además, acudir al FGD es una potestad del ciudadano, no una obligación.

Bueno, explorad esto que os digo a ver que nos dicen.

Asi combramos más y nos quitan menos de las manos.

Animo

#8

Joe! claro que la tiene!!!

Para los depositantes a largo plazo.

Id a la sucursal eurobank más cercana y reproducid este dialogo:

Vd- Buenas tengo aqui un deposito que me vence en el año 2019.

Eurbank- a ver, sus datos por favor.

Vd- si claro, aqui tiene tal.

Eurbank- Uyyyyvaaa... es que el deposito no se puede cancelar.

Vd- como que no? y eso?

Eurobank- pos mire eje el banco no lo permite

Vd- A ver...yo solo quiero que canceleis mi deposito y lo ingreseis en la cuenta corriente

Eurobank ( mas tranquilo)- Eje hay una clausulita en las condiciones generales de contratacion que ice que aqui no se mueve nadie si eddie no quiere.

Vd- Mira, chava, coges esa clausula y te la enchufas por donde te quepa, tenteras???

Eurobank- yo .... ejeeee...

Vd- NI EJE NI LECHES!!!!! esa clausula es abusiva de acuerdo con la ley general de defensa de consumidores y usuarios. Conque vamos a tenerla por las buenas...no se que.

Eurobank- vale vale señora que yo solo curro aqui no se que

Vd- Pues si no quieres que venga aqui con un Notario pa que levante fe publica de tu incompetencia y ademas enchufe al banco una sanción administrativa por mamón ya me esta moviendo las pelas...

eurobank- yo, eje... vale pero no se lo diga a nadie eh?? questo es un favor personal no se que

Vd- Mira, anda que aun te llevas una colleja tontoerculo

FIN

Bueno lo siento.... ya sabeis como me pongo con estas cosas!

Animo

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