IVA reducido al 10% promotor de vivienda.
Voy a plantear mi caso particular por si alguien quiere aclararlo y que supongo que le habrá ocurrido a alguien más.
En el año 2012 comencé la edificación de una vivienda de autopromoción y en verano del 2013 la terminé. Obtuve la Cédula de Habitabilidad y ya me encuentro residiendo en ella. Por supuesto me he desgravado por ella en la Declaración de la Renta del 2012 y 2013.
Durante la construcción de la misma varias partidas fueron por cuenta del constructor y otras las negocié yo directamente con otros instaladores(ventanas, portería y climatización) y como promotor de la vivienda me aplicaron el tipo del 10% en las facturas.
Bien, pues como realmente la instalación de los splits del aire acondicionado no han sido necesarios hasta ahora y como el dinero que tenía en aquel entonces no daba para más, sólo mandé poner la preinstalación.
Mi duda está en saber si a estas alturas, una vez finalizada la obra, yo puedo decirle al instalador de estos aparatos que me aplique el IVA al 10% alegando que era una partida de la obra que quedó pendiente de ejecutar. Y suponiendo que la legislación del IVA lo permita.
Independientemente del tipo de IVA que corresponda aplicarme, ¿puedo incluir este gasto junto con los de escritura de obra nueva que acabo de realizar, impuesto de transmisiones patrimoniales y registrador de la propiedad a efectos de desgravar en IRPF del 2014?
Un saludo y gracias por anticipado.