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Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf

3 respuestas
Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf
Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf
#1

Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf

Se heredo una vivienda en el año 2.011 valorada en aceptación de herencia por 100.000€ (solar y edificación), en este año se pago la plusvalía municipal por los herederos por 5.000€, el impuesto de sucesiones por 1.000€ y en la escritura de aceptación herencia se declaró la obra nueva (al no costar en registro por un importe de 60.000€) por lo cual se pagaron 600€ de actos jurídicos documentados. Si se vendiera en el año 2014 por 120.000€ los vendedores (herederos) soportarían una plusvalía municipal de 800€. ¿se entiende que el valor de adquisición seria el valor en aceptación de herencia sumando los gastos soportados 100.000+5.000+1.000+600=106.600? ¿se entiende que el valor de enajenación seria el valor de compraventa y restando los gastos soportados 120.000-800=119.200?¿Así el beneficio a efectos IRPF seria de 119.200-106.600=12.600?? ¿me dejó algún gasto que habitualmente se considera valido??? ¿¿en este caso se pueden desgravar las dos plusvalías que se liquidan la de la aceptación de herencia y la de la compraventa???

#2

Re: Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf

En mi opinión, es correcto tu planteamiento.

Añadir que si la venta se hace en el año 2014, al cálculo del precio de adquisición se le podrían aplicar los coeficientes de actualización correspondientes al año de 2011.

Este beneficio fiscal, desaparecerá cuando entre en vigor la nueva ley a partir del 01.01.15.

Saludos.

#3

Re: Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf

Gracias por la contestación.
Me podias explicar un poco el tema de los coeficientes de actualización.. Los aplica directamente el programa padre???? en caso contrario cuales serian en el caso numérico explicado anteriormente.

#4

Re: Plusvalia municipal en herencia y venta desgravable in irpf

Tanto al precio de adquisición como a los gastos y tributos (de adquisición) se les aplicaría el coeficiente.

Si todos ellos fueron en el año 2011, se multiplicarían los valores por 1,0303 si la venta se realiza en el año 2014.

Y el programa PADRE, te lo calcula automáticamente.

Saludos.

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