Tributación Indemnización por fallecimiento - IRPF
Buenas tardes,
Hace unos meses falleció mi padre, era funcionario del Ayuntamiento de Salamanca.
Según su convenio regulador, el Ayuntamiento abona al conyuge una cantidad de dinero establecida en dicho convenio, pero tenemos dudas respecto a su tributación ya que en el Ayuntamiento nos han dicho que tributa como rendimientos del trabajo y al conyuge de un compañero también fallecido le han indicado que está exento.
Por lo que he podido ver en la ley de IRPF, se trataria de una prestación social o similar, y al estar abonada en forma de capital se debería aplicar una reducción del 40% para sobre ese otro 60% aplicar el IRPF como rendimiento del trabajo.
Pero no sé si estoy en lo cierto.
Os dejo un enlace al Convenio Regulador ( la indemnización viene reflejada en el artículo 74)
http://www.fsap.ccoo.es/comunes/recursos/15609/doc12773_Salamanca-_Convenio_Colectivo_y_Acuerdo_de_Funcionarios_del_Ayuntamiento_de_Salamanca.pdf
Muchas gracias.