La fiscalidad de una vivienda que no es la residencia habitual de contribuyente, tiene dos componentes:
a) Que no este alquilada y tributara por Renta Imputada que consiste en tomar el Valor Catastral y aplicarle un porcentaje del 1,1% ( revisada) o del 2% (no revisada) y considerarlo como renta a sumar al resto rentas declaradas.
b) Que se encuentre alquilada , si el inquilino la utiliza como vivienda habitual ( no de temporada o estudiantes sin rentas), al rendimiento NETO ( Renta cobrada por alquiler menos los Gatos que el propietario pague por esta vicienda), se le aplica un coeficiente reductor del 60% y por tanto tributa por el 40% de este rendimiento NETO.
Si es de temporada, o alquilada a estudiantes que no tienen renta propia, no existe esta reduccion del 60% y tributa por el 100% del rendimiento NETO
Por el tiempo que no este alquilada la vivienda, se encuentra a disposicion de su propietario y entra a aplicarse el parrafo a) de Renta Imputada, por los dias que se encuentre en esta situacion.
No entiendo los de la "beca" que tiene que ver con la tributacion del propietario de la vivienda.
Saludos