Tratamiento fiscal indemnización fgd o fogain
Cuál será el trato en el irpf del 2015 del pago de las indemnizaciones por la no devolución de los saldos que se mantenían en la cuenta corriente de banco de Madrid o interdin?
Cuál será el trato en el irpf del 2015 del pago de las indemnizaciones por la no devolución de los saldos que se mantenían en la cuenta corriente de banco de Madrid o interdin?
Ganancia patrimonial, salvo mejor opinión y sin perjuicio de que puedan estar exentas (que seguramente no, pero aviso por si acaso).
se podría compensar con una perdida patrimonial por no devolverte tu dinero el banco?
un saludo
Salvo mejor opinión entiendo que no puesto que una va a la base imponible general y la otra a la del ahorro.
No obstante, ¿A qué te refieres con no devolverte el dinero el banco?, ¿No te lo ha devuelto y con una indemnización?
yo tenia un dinero en la cuenta corriente del broker interdin (sin invertir, dinero en liquidez), y tras la intervencion de banco de madrid, al pertenecer interdin a banco de madrid, dejó de operar por lo que no me han devuelto mi dinero. Interdin al estar cubierto por Fogain(es como el FGD de los depositos) me abonará una indemnización por la misma cantidad que INTERDIN no puede devolverme
por eso digo seria un contrasentido tributar una cantidad de dinero sin haber existido un incremento de patrimonio, por eso pienso si el efecto sería neutro
Salvo mejor opinión diría que hay por un lado una pérdida patrimonial y por otro una ganancia patrimonial no derivada de una transmisión, con lo que el efecto sería neutro, pero la pérdida patrimonial tengo dudas de que no sea derivada de una transmisón...
el tema tiene miga, imaginate el problema para hacienda , afecta a más de 11000 clientes
un saludo , y gracias por mantener vivo el asunto
Sabe alguien como quedó el tema de la indemnizacion del Fogain por el tema Interdin?
¿Se publicó algo en el BOE sobre algun tipo de exencion o algo asi?
Ahora que estamos ya en campaña IRPF , como vais a solucionar la mayoría el tema IRPF Fogain?
Me respondo a mi mismo para quien tenga mis mismas dudas ...según la gente que queda en Interdin , no hay que hacer absolutamente nada , la indemnizacion del Fogain queda compensada con la perdida.
Aquí pongo la consulta vinculante:
Un saludo