Cobro de FOGASA 2014 (fecha acuerdo judicial 2012)
He cobrado un importe de FOGASA en julio de 2014. Los rendimientos provienen de salarios de 2011 (con fecha de despido: 23/12/2011). La empresa se declaró insolvente.
Pues bien, la fecha del acuerdo judicial (no sentencia porque no hubo juicio) es de 19/04/2012.
Mi pregunta es: debo incluir los atrasos en la renta del 2011? O del 2012?
El abogado me comenta que un acuerdo judicial o un proceso monitorio es equivalente a sentencia (mismo rango). Si esto es así, entiendo que debería realizar una complementaria del año 2012. El caso es que no lo tengo claro...
Muchas gracias,