¿Conexión a Internet para imprimir la declaración? - Programa PADRE
Feliz año nuevo.
El Ministerio de Hacienda ha elaborado, y publicado en la web de la Agencia Tributaria, el proyecto de Orden por la que se aprueban los nuevos modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), ejercicio 2015.
El documento está aqui: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Normativas/Normas_tramitacion/Proyecto_Orden_modelos_IRPF/Proyecto_de_Orden.pdf
En el Capítulo II, Artículo 3, apartado 2 dice: "Para la impresión a través del programa de ayuda desarrollado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria será necesario disponer de conexión a internet."
¿En serio? ¿Sólo para imprimir la declaración en papel se necesita conexión a Internet?
Me parece que esa frase tiene que ser un error. Entiendo que haga falta conexión a Internet para presentar la declaración telemáticamente, pero ¿para imprimirla?
¿Alguien conoce una posible justificación técnica para que haga falta conexión a Internet?
Muchas gracias
Un saludo