Estimación objetiva y modelo 100.
Hola a todos:
Mis cuestiones son las siguientes:
1. Resulta que he estado comprobando que para una actividad en estimación objetiva, cumplo los requisitos de ingresos para deducir 100€ por trimestre.(casilla 9 del modelo 131)
La duda que ostento es que si en el modelo deduzco esos 100€,¿ debo pagarlos de más en la declaración de la renta (modelo 100)? Es decir, estos 100€ de menos que no pago ahora,
cuando se calcule la cuota de autoliquidación, no van a disminuir el importe a pagar, sino incrementar el importe a pagar. Si disminuye el importe en la declaración 100, dónde debo introducir estas deducciones.
2. Las personas que se dedican exclusivamente a una actividad en estimación objetiva, ¿ Casi siempre sale a pagar en el modelo 100?
Muchas gracias, un saludo.