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Justificacion de la deduccion por adquisision de vivienda habitual
Buenos dias. A ver si alguien me puede ayudar. En el año 2017 me separé y yo me quedé el piso que teníamos a medias, dándole a mi ex su parte. Yo hice una hipoteca nueva. Yo seguí poniendo la hipoteca a que me desgravara, ya que siempre lo había hecho así y además en el borrador que me enviaba hacienda , así lo ponía.
Ayer recibí una carta de hacienda, diciéndome que tengo que entregar un montón de papeles antes de 10 días. Transcribo lo que pone la carta, a ver si alguien sabe lo que puede ser.
Deberá aportar:
- Justificación de la deducción por la adquisición de la vivienda habitual
- La ley 16/12 de 27 de diciembre suprimió , con efectos desde 1 de enero de 2013 , la deducción por inversión en vivienda habitual. No obstante , se establece un régimen transitorio regulado en la disposición transitoria 18ª ley IRPF, para los contribuyentes que venían deduciéndose por la vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013, en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012
Según los datos en poder de esta administración adquirió el 100% de titularidad de su vivienda habitual el 12/05/17 . Al objeto de establecer el importe del préstamo que cumpla las condiciones existentes a 31/12/12, y que sirva de base para la deducción por adquisición de vivienda habitual deberá aportar:....
Y a continuación pone todo el papeleo que debo presentar, escrituras de piso, de préstamo, de cancelación del anterior préstamo......
Alguien me puede explicar que consecuencias puede tener esto?, A todos nos asusta un poco cuando hacienda nos pide explicaciones
Gracias con antelación
Ayer recibí una carta de hacienda, diciéndome que tengo que entregar un montón de papeles antes de 10 días. Transcribo lo que pone la carta, a ver si alguien sabe lo que puede ser.
Deberá aportar:
- Justificación de la deducción por la adquisición de la vivienda habitual
- La ley 16/12 de 27 de diciembre suprimió , con efectos desde 1 de enero de 2013 , la deducción por inversión en vivienda habitual. No obstante , se establece un régimen transitorio regulado en la disposición transitoria 18ª ley IRPF, para los contribuyentes que venían deduciéndose por la vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013, en los mismos términos y con las mismas condiciones existentes a 31 de diciembre de 2012
Según los datos en poder de esta administración adquirió el 100% de titularidad de su vivienda habitual el 12/05/17 . Al objeto de establecer el importe del préstamo que cumpla las condiciones existentes a 31/12/12, y que sirva de base para la deducción por adquisición de vivienda habitual deberá aportar:....
Y a continuación pone todo el papeleo que debo presentar, escrituras de piso, de préstamo, de cancelación del anterior préstamo......
Alguien me puede explicar que consecuencias puede tener esto?, A todos nos asusta un poco cuando hacienda nos pide explicaciones
Gracias con antelación