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Requerimiento de información
Buenas tardes a tod@s,
A ver si alguien me puede echar una mano porque lo que me acaba de llegar me parece una auténtica locura. Es un inicio de comprobación limitada, en el que solo piden: Libro de ventas, Libro de compras y gastos y Libro de bienes de inversión. Y en concreto mi duda viene en los dos puntos siguientes:
1.- Para el Libro de compras y gastos, cuando he tenido anteriormente requerimientos de información de este tipo, vuelco la información de Contaplus, maquillo para quitar la información que no hace falta y listo. Pero ahora en el requerimiento, es la primera vez que lo veo, han introducido lo siguiente:
A ver si alguien me puede echar una mano porque lo que me acaba de llegar me parece una auténtica locura. Es un inicio de comprobación limitada, en el que solo piden: Libro de ventas, Libro de compras y gastos y Libro de bienes de inversión. Y en concreto mi duda viene en los dos puntos siguientes:
1.- Para el Libro de compras y gastos, cuando he tenido anteriormente requerimientos de información de este tipo, vuelco la información de Contaplus, maquillo para quitar la información que no hace falta y listo. Pero ahora en el requerimiento, es la primera vez que lo veo, han introducido lo siguiente:
En caso de que la llevanza de los Libros Registro se produzca por medios informáticos, aquéllos deberán aportarse, de conformidad con lo dispuesto en las letras d) y f) del artliculo 29.2 LGT (Ley 58/2003), en SOPORTE INFORMÁTICO. Para ello la Agencia Tributaria pone a su disposición, en el apartado de información técnica del portal de IRPF, los formatos en que pueden ser presentados los Libros, www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/IRPF.shtml. Si accede a esta notificación a través de internet puede descargarse el fichero de formato en
www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Libros_Registro_IVA.xlsx
Si miráis el Excel que ponen para descargarse y rellenar es una auténtica locura la cantidad de información que piden en el mismo. Aparte de ir rellenando partida por partida el código al que corresponde el gasto correspondiente. Necesitaría a un contable solo para repetir la contabilidad del año en concreto.
Mi pregunta es: Al decir Hacienda "pueden ser presentados...." no implica que deba de usar esa plantilla sino que simplemente la ponen a disposición por si la quieres usar?. Mientras el formato de contaplus cumpla con la presentación del los apartados requeridos puedo seguir usándolo?
2.- Para el Libro Registro de Bienes de Inversión, tengo una hoja de Excel donde voy llevando el control de todo. Hacienda me pide, también por primera vez:
Mi pregunta es: Al decir Hacienda "pueden ser presentados...." no implica que deba de usar esa plantilla sino que simplemente la ponen a disposición por si la quieres usar?. Mientras el formato de contaplus cumpla con la presentación del los apartados requeridos puedo seguir usándolo?
2.- Para el Libro Registro de Bienes de Inversión, tengo una hoja de Excel donde voy llevando el control de todo. Hacienda me pide, también por primera vez:
Copia del soporte documental que acredite la realidad de los gastos consignados en su Libro Registro de Bienes de Inversión, ya sean facturas, escrituras públicas, contratos, etc
Tengo en el mismo muchos bienes de inversión que hace tiempo que ya están amortizados (muy antiguos) y ponerme a buscar las facturas de cada uno de ellos puede ser una pérdida de tiempo que no os podéis imaginar...la pregunta es: ¿sería suficiente con presentar las facturas de los bienes de inversión que han generado una amortización y por lo tanto un gasto para el ejercicio en concreto o debo presentar también la de todos los bienes de inversión que sigo usando en la empresa aunque ya estén completamente amortizados?
3.- Ya por último, Hacienda viene abriendo Comprobaciones limitadas todos los años desde hace 5 o 6 años hacia atrás, es normal esto???? Existe algún procedimiento para poder abrir por "exceso" en las actuaciones por parte de Hacienda?
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda.
Saludos y buen fin de semana.
NOTA: Cuando hablo en primera persona es porque es la empresa de un familiar directo, no soy el perjudicado por las actuaciones.
3.- Ya por último, Hacienda viene abriendo Comprobaciones limitadas todos los años desde hace 5 o 6 años hacia atrás, es normal esto???? Existe algún procedimiento para poder abrir por "exceso" en las actuaciones por parte de Hacienda?
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda.
Saludos y buen fin de semana.
NOTA: Cuando hablo en primera persona es porque es la empresa de un familiar directo, no soy el perjudicado por las actuaciones.